La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un acuerdo de reforma que amplía la vigencia de licencias federales para distintos métodos de transporte afectados por la pandemia de COVID-19.
Dicho acuerdo, firmado por el secretario del ramo, Jorge Arganis Díaz-Leal, se emitió para dar certeza jurídica sobre la vigencia y efectos que tendrán las licencias federales en autotransporte federal, sector aéreo y ferroviario.
Además, en materia de medicina preventiva, se prorrogan hasta el 31 de diciembre de 2021 los efectos jurídicos de las constancias de aptitud psicofísica en cuanto a su vigencia y validez.
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En cuanto a la aviación civil, se extiende hasta el 30 de septiembre de 2021 la vigencia de los permisos, licencias o certificados de capacidad vigentes de pilotos, sobrecargos y controladores aéreos.
Asimismo, los permisos otorgados a meteorólogos, técnicos en mantenimiento, oficiales de operaciones y operadores de RPAS permanecerán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2021.
Las Licencias Federales Ferroviarias vencidas podrán seguir operando, su validez se amplía hasta el 31 de diciembre de 2021, sin perjuicio de que sus titulares pueden iniciar su trámite de revalidación correspondiente.
Se estableció además que la vigencia de las Licencias Federales de Conductor categoría “A” para el servicio de autotransporte federal de pasajeros, turismo y para el transporte privado de personas se extiende hasta el 31 de octubre de 2021.
Carga especializada, también tiene prórroga
El acuerdo publicado en el DOF hace referencia a la categoría “E” de carga especializada para la transportación de materiales, residuos, remanentes y desechos peligrosos, y categoría “E” para tractocamiones doblemente articulados que hayan vencido o estén por vencer entre el 20 de marzo de 2020 y el 30 de junio de 2021.
Cabe informar que la renovación de estas Licencias se deberá realizar durante los meses de junio, julio, agosto, septiembre y octubre de 2021.
Licencias internacionales de conductor
Por su parte, los conductores con Licencia Internacional de Conductor que tengan como objetivo circular dentro de los Estados Unidos de América o Canadá, deberán realizar la renovación de su Licencia Internacional de Conductor a más tardar el 31 de agosto de 2021, a afecto de continuar prestando sus servicios en ambos países, de conformidad con la normatividad aplicable.
También se da prorroga, hasta el 31 de diciembre de 2021, a la vigencia y efectos jurídicos de las Licencias Federales de Conductor “B”, “C”, “D” y “F”, tanto nacionales como internacionales que hayan vencido o que venzan entre el 20 de marzo de 2020 y el 30 de junio de 2021.
La renovación de estas Licencias deberá realizarse durante los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2021.
Para la renovación de las licencias de Autotransporte Federal previamente se deberá contar con constancia de aptitud psicofísica, cuya vigencia es de 90 días, contados a partir de su emisión, destaca el DOF.
Para efectos del Acuerdo, aclara que se entenderá por vigente y válida la constancia de aptitud psicofísica, licencia, permiso, certificado o cualquier otro de naturaleza análoga, cuando su fecha de vencimiento haya ocurrido a partir del 19 de marzo de 2020.