La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad del artículo 187 del Código Penal de SLP, el cual tipifica y sanciona el delito del llamado “ciberacoso”, cometido por quien difunda, sin autorización de la persona afectada, imágenes de contenido sexual, cuya comisión, por regla general, se comete contra las mujeres.
Al respecto, la Ministra Yasmín Esquivel Mossa precisó que los informes de la Relatora Especial de Violencia contra las Mujeres de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), muestran que este tipo de conductas de violencia contra la mujer, facilitadas por las tecnologías de la información, causan un alto grado de daño psicológico a las víctimas debido a su magnitud y recurrencia, quienes experimentan depresión, ansiedad, miedo, y en algunos casos, hasta tendencias suicidas.
Además, las víctimas sufren de la amenaza constante de utilización de imágenes o vídeos sexualmente explícitos se publican en sitios especializados de prostitución junto con publicidad que revela, incluso, datos privados.
Explicó también que la Ley Olimpia visibiliza, previene, y castiga la violencia en línea; la Ley es llamada así es en honor a su creadora, una activista mexicana que después de la difusión en internet de un video sexual que ella no autorizó, conoció en carne propia los estragos de la violación a su intimidad sexual, la revictimización por parte de autoridades y el nulo acceso a la justicia por la ausencia del delito.
La Ministra Yasmín Esquivel Mossa, con datos del INEGI, precisó que en México este tipo de delitos en mayor nivel afecta a las mujeres, pues entre julio de 2018 y agosto de 2019, de las 17.7 millones de personas víctimas de ciberacoso, 9.4 millones fueron mujeres.
Finalmente, la Ministra Yasmín Esquivel Mossa indicó que si bien se invalidaba la sanción pecuniaria -conforme a precedentes sobre la inconstitucionalidad de las multas fijas- lo cierto es que continúa subsistiendo la sanción penal en este tipo de delitos, que calificó como graves, y que mayoritariamente cometidos en agravio de las mujeres.
FGR