Presenta iniciativa para reformar Artículo 2 de la Constitución

Urgente legislar contra matrimonios forzados de menores en comunidades indígenas: Monreal

El senador de Morena Ricardo Monreal planteó la urgencia de que se legisle para impedir los matrimonios con menores de edad, particularmente en las comunidades indígenas

Matrimonio de un menor de edad en México.
Matrimonio de un menor de edad en México.

El presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) del Senado, Ricardo Monreal, planteó la urgencia de que se legisle para impedir los matrimonios con menores de edad, particularmente en las comunidades indígenas.

Con ese objetivo, presentó una iniciativa para reformar el Artículo 2 de la Constitución en materia de interés superior de niñas, niños y adolescentes indígenas.

Explicó que en 2020 se registraron 373 mil nacimientos de madres menores de 18 años, de los cuales 8 mil fueron de niñas entre los 12 y los 14 años.

Indicó que el mismo año se registraron 8 mil 876 nacimientos de menores de 14 años, producto de matrimonios arreglados, violencia sexual y pobreza extrema.

En ese sentido, detalló que el 98 por ciento de estos nacimientos fueron de madres entre 13 y 14 años, fenómeno frecuente en estados como Chiapas, Tabasco, Coahuila y Guerrero.

El político zacatecano subrayó que el matrimonio infantil y las uniones tempranas constituyen una violación de los derechos humanos de niñas y adolescentes, debido a que afectan su vida y desarrollo, así como el pleno ejercicio de sus derechos humanos a la salud y a la educación e incrementan la desigualdad de género.

Refirió que en las comunidades indígenas, donde se conducen por las prácticas de usos y costumbres, las menores tienen mayor riesgo de enfrentarse a diversas clases de explotación, como el matrimonio forzado.

El también coordinador del grupo parlamentario de Morena en el Senado apuntó que en las comunidades indígenas se ha constatado que las niñas pueden tener un precio, por lo que subrayó que se debe regular en la materia, sin perjuicio del derecho a la autodeterminación de los pueblos originarios.

“Es indudable que la autonomía de las comunidades indígenas debe garantizarse en todo momento, sin embargo, de acuerdo con el bloque de constitucionalidad en materia de derechos humanos que nos rige, los usos y costumbres no pueden estar por encima de los derechos de las niñas, niños y adolescentes”, afirmó.

Monreal recordó que el artículo 4 de la Carta Magna establece que el Estado mexicano debe velar y cumplir con el principio del interés superior de la niñez, por lo que les corresponde legislar para frenar cualquier acción que atente contra las niñas, niños y adolescentes.

FGR

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