El pleno de la Cámara de Diputados aprobó modificaciones a la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas para que los funcionarios encargados del Registro Civil tengan la obligación de inscribir nombres en lenguas indígenas.
La minuta de la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos fue avalada con 475 votos a favor y cero en contra.
Esta adición al artículo 13 de dicha ley también contempla a los servidores que expiden identificaciones, licencias, títulos, pasaportes y otros documentos de identificación personal.
En el caso de desconocer las lenguas nacionales, los encargados del Registro Civil pedirán la traducción del nombre solicitado para evitar el uso de expresiones injuriosas, groserías, o cualquiera que se le parezca.
En la sesión de este martes, los diputados también aprobaron una reforma a la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas con la finalidad de que los jóvenes participen en dependencias, entidades, organismos e instituciones indígenas.
El dictamen propone que el Instituto Mexicano de la Juventud deberá contar con un Consejo Nacional de Pueblos Indígenas integrado por representantes de organizaciones indígenas, sin fines de lucro ni integrantes de partidos políticos.
El tercer dictamen avalado en el pleno fue la reforma al artículo 13 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas para definir que el Estado será el encargado de crear bibliotecas, hemerotecas, centros culturales u otras instituciones depositarias que conserven el acervo bibliográfico en distintos formatos de lenguas indígenas nacionales.
El pleno de San Lázaro aprobó una minuta por la que se reforma el artículo 16 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas para incluir a un representante del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas en el Consejo Nacional del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas.
Diputados aprueban modificaciones para garantizar atención a menores en orfandad
Los diputados también aprobaron por mayoría una reforma a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para garantizar la atención a menores en situación de orfandad.
Los cambios a los artículos 10 y 26 de dicha ley establecen que los tres niveles de gobierno deberán adoptar de forma inmediata garantías y medidas de protección especial de derechos de los niños, niñas y adolescentes vulnerables en situación de orfandad.
"La problemática que ha originado el aumento de cifras de orfandad en nuestro país, de acuerdo con el DIF nacional, se estima hasta al momento que son 118 mil niñas, niños y adolescentes en orfandad por consecuencia del COVID-19, sin embargo, estas cifras podrían llegar a más de 250 mil niños y adolescentes".Margarita Zavala
KEFS