Por unanimidad

TEPJF revoca acuerdo del INE para suspender revocación de mandato

El TEPJF revoca el acuerdo del INE para suspender la revocación de mandato; proyecto señala que el INE no tiene facultades para suspender las actividades para organizar dicho ejercicio

El magistrado presidente del TEPJF, Reyes Rodríguez, destacó que esta resolución implica un equilibrio. Foto: @MarcelaGuerraNL

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) para suspender la revocación de mandato y vinculó a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para que se realicen las ampliaciones necesarias del presupuesto del órgano electoral para dicho ejercicio.

Por unanimidad, los integrantes de la Sala Superior avalaron el proyecto de resolución del magistrado Felipe Fuentes Barrera, en el que puntualizó que el INE no tiene facultades para suspender las actividades para organizar la revocación de mandato.

Los magistrados resolvieron las impugnaciones presentadas por los partidos Morena y del Trabajo, pero desechó la presentada por el presidente Andrés Manuel Obrador, porque considera que no cuenta con legitimación activa que lo faculte para cuestionar el acuerdo del INE.

Precisaron que no existe causa justificada para que el Consejo General del INE posponga el proceso de revocación de mandato, ya que el único supuesto normativo que justifica la interrupción del proceso es la falta de satisfacción de los requisitos constitucionales y legales, es decir, que no se cumpla con el tres por ciento de las firmas requeridas para convocar el ejercicio.

Al respecto, Fuentes Barrera subrayó que no sólo se revoca el acuerdo del INE, sino que se vincula a la Secretaría de Hacienda para que dé respuesta a los requerimientos presupuestales necesarios.

“Vincular a la SHCP con la finalidad de que dé una respuesta debidamente fundada y motivada y, en ese sentido, además de que la SHCP tiene que coadyuvar y propiciar la atención de todos los elementos, así sea dentro de una perspectiva de austeridad presupuestal”, indicó.

El magistrado presidente del TEPJF, Reyes Rodríguez, destacó que esta resolución implica un equilibrio.

“Esta solución genera un equilibrio para hacer efectivo el derecho de participación ciudadana en la revocación. Por un lado reconoce las atribuciones constitucionales legales y presupuestarias del INE para cumplir en torno a este derecho y, por el otro lado, porque se vincula a la SHCP como la autoridad competente para gestionar erogaciones adicionales a las aprobadas en el presupuesto de egresos”, apuntó.

Enfatizó que tanto el INE como la SHCP se encuentran obligadas a promover y respetar los derechos humanos reconocidos en la Constitución.

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