Tras resolver las 11 controversias constitucionales faltantes sobre el conflicto de la presa La Boquilla, el ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar, informó que el próximo lunes 31 de enero se iniciará la discusión sobre la acción de inconstitucionalidad promovida por diputados de oposición contra la Ley de Revocación de Mandato.
De acuerdo con el proyecto de sentencia de la acción de inconstitucionalidad 151/2021 del ministro Jorge Pardo Rebolledo, se analiza quitar el concepto de "ratificación" de la pregunta para la revocación de mandato del Presidente López Obrador.
"El tipo de pregunta a formular en el respectivo ejercicio; en tanto que lo único que debe cuestionarse a la ciudadanía es si desea que determinado cargo público conferido a una persona determinada, concluya o no de manera anticipada; condición que debe impactar tanto al diseño de la pregunta, como al diseño de las respectivas opciones de respuesta, evitando que en ese diseño, se cuestione sobre elementos adicionales o ajenos a dicha noción que puedan desnaturalizar el mecanismo", detalla.
El ministro argumenta que la Ley de Revocación de Mandato no establece la evaluación de la gestión del Presidente, ni mucho menos la ratificación de su mandato, sino la petición de conclusión anticipada, por ello, propone declarar la invalidez del artículo 19, fracción V de la Ley Federal de Revocación de Mandato, en su porción que establece "o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo".
Además, el proyecto del ministro Pardo Rebolledo explica que la ley no establece que el Congreso de la Unión deba otorgar un presupuesto adicional al Instituto Nacional Electoral (INE) para que realice la revocación de mandato, por lo que propone declarar la validez de los artículos cuarto y quinto transitorio de la ley.
"Son infundados los conceptos de invalidez en los que esencialmente se sostiene que se vulnera la autonomía constitucional y presupuestaria del Instituto (…) la Constitución Federal no establece una obligación expresa para el Congreso de la Unión para regular y proveer el presupuesto que el Instituto Nacional Electoral requiera para llevar a cabo el proceso de revocación de mandato”, se lee en el documento.
KEFS