El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó los criterios del Instituto Nacional Electoral (INE) donde se establece que los partidos deben renunciar a su financiamiento para brindar apoyo ante la contingencia sanitaria.
En sesión pública, los magistrados de la Sala Superior avalaron, por unanimidad, el acuerdo del órgano electoral y consideraron que los agravios argumentados por el Movimiento Regeneración Nacional (Morena) eran infundados e inoperantes.
El proyecto de resolución, elaborado por la magistrada Janine Otálora Malassis, precisó que el INE es responsable y está facultado para conocer los proyectos, además de las representaciones partidistas que someten a su consideración, incluso las atribuciones que le permiten a los integrantes votarlos a favor o en contra.
También planteó que los agravios argumentados por Morena, en los que adujo una indebida interpretación de los alcances que debe tener el artículo 25, numeral 1, inciso n) de la Ley General de Partidos Políticos, con relación a la respuesta que emitió la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), respecto al reintegro de los recursos que le fueron ministrados por concepto de financiamiento público, es infundado.
El acuerdo controvertido en el referido documento sí fue debidamente considerado y se señaló que la autoridad hacendaria no cuenta con facultades para interpretar los alcances de la legislación en materia electoral porque esto le compete exclusivamente al INE como máxima autoridad administrativaResolución del Tribunal Electoral
Por ello, confirmó los criterios del INE sobre la devolución de los recursos de los partidos, procedimiento que debe hacer antes de que sean depositados; no obstante, el TEPJF sí le ordenó al Consejo General dar respuesta a la solicitud de Morena en la que pide indicar la cuenta bancaria a la que debe realizar el reintegro.
MAEP