La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el diputado federal del Partido Acción Nacional (PAN), Gabriel Quadri, debe abstenerse de difundir "mensajes discriminatorios" hasta que concluya el proceso que instauró la legisladora Salma Luévano.
La diputada del Movimiento Regeneración Nacional (Morena) denunció al panista por supuestos actos constitutivos de violencia política de género en su contra, debido a su identidad como mujer transgénero.
Lo anterior, derivado de diversas publicaciones respecto al tema, realizadas en redes sociales por el diputado Gabriel Quadri.
En la denuncia, la legisladora solicitó medidas cautelares como análisis de riesgo, un plan de seguridad para su persona, el retiro de la campaña en redes y la abstención de publicar mensajes de odio en su contra y de la comunidad trans.
No obstante, el Instituto Nacional Electoral (INE) declaró improcedente la solicitud de adopción de las medidas cautelares por considerar que no se demostró la existencia de una urgente e imperiosa necesidad que las justificara, aparte de afirmar que no se violentaron los derechos políticos de la quejosa.
Por esta razón, Salma Luévano impugnó; en revisión, el TEPJF determinó que las declaraciones van enfocadas a su identidad trans, por lo que proceden ciertas medidas con el objetivo de que no se agrave la postura.
La Sala Superior revocó la determinación recurrida para efecto de que el INE, a la mayor brevedad, emita una nueva en la cual dicte las medidas cautelares para que el diputado federal retire algunos de los mensajes denunciados de Twitter. Asimismo, deberá abstenerse de publicar o emitir pronunciamientos idénticos o similares que empleen categorías susceptibles de ser discriminatorias.
MAEP