La presidenta de la Mesa Directiva del Senado de la República, Olga Sánchez Cordero, presentó una iniciativa para fortalecer la autonomía de las fiscalías estatales y acotar los nombramientos que realicen los ejecutivos locales.
La exsecretaria de Gobernación indicó que es necesario evitar la sujeción política o de oportunidad de los fiscales estatales y mencionó algunos casos que, dijo, ponen en relieve la necesidad de incorporar a la Constitución parámetros mínimos de objetividad.
"Casos como los de los fiscales Jorge Winckler, de Veracruz, Uriel Carmona Gándara, de Morelos, y más reciente, Carlos Zamarripa Aguirre de Guanajuato, ponen de relieve la necesidad de incorporar parámetros mínimos en el texto constitucional que obedezcan a la objetividad en el nombramiento, ratificación, permanencia y remoción de las servidoras y servidores públicos enfocados en la procuración de justicia".Olga Sánchez Cordero
Señaló que, por ello, para conferir autonomía constitucional expresa a los órganos que ejerzan la función de procuración de justicia de las entidades, sus titulares deben ser elegidos en procedimientos de colaboración entre las legislaturas y los ejecutivos locales.
"Las primeras integrarán listas de diversos aspirantes; los segundos, acotados en su decisión política, regresarán ternas al órgano legislativo, quien en última instancia y por mayorías calificadas, designarán a las personas titulares de los órganos de procuración de justicia. En cuanto a la permanencia, se propone una duración en el encargo por un período de cuatro años, con posibilidad de reelección, por una sola ocasión, para un período igual, a consideración del Congreso Local", establece la iniciativa.
Plantea que se eleva a rango constitucional la exigencia de formación, capacitación y actualización de todos los servidores públicos que integren las fiscalías estatales, para que establezcan servicios profesionales e integrales de carrera en materia de procuración de justicia.
Y precisa que "el fiscal pueda ser removido por el titular del ejecutivo de la entidad sólo por causas graves. No obstante, la remoción podrá ser interpelada y superada por la legislatura local, para lo que se exigirá una mayoría absoluta, a fin de equilibrar lo unilateral de la medida ejecutiva y preservar el orden constitucional de la entidad".
KEFS