Señalan presuntas irregularidades

Oposición pide que SCJN aclare votación sobre Ley de la Industria Eléctrica

Aseguran que durante la sesión consignaron 7 y no 8 votos en la que se mantuvo la validez; cuestionan que la ministra Loretta Ortiz se excusara para no participar en el debate

Senadores de oposición solicitaron que aclare la irregularidad en la votación.
Senadores de oposición solicitaron que aclare la irregularidad en la votación. Foto: Especial

Ante la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la Ley de la Industria Eléctrica, senadores de oposición solicitaron que aclare la irregularidad en la votación al consignar siete y no ocho votos en la sesión en la que se negó la inconstitucionalidad de los preceptos que impugnaron.

Las bancadas que presentaron la acción de inconstitucionalidadPAN, PRI, PRD, Movimiento Ciudadano y Grupo Plural– recurrieron a la Corte mediante la representación del senador Emilio Álvarez Icaza para que, de manera urgente, en la sesión del 18 de abril, los ministros hagan la aclaración respectiva.

En el escrito que Álvarez Icaza presentó en la SCJN, señala que, aunque la acción de inconstitucionalidad fue sometida a discusión por el pleno del máximo tribunal desde el 5 de abril y fue votada dos días después, hasta la fecha todavía no aparece en su página oficial de resolutivos y con su respectiva certificación.

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Los senadores de oposición que promovieron el recurso en contra de la ley y que también demandaron que la ministra Loretta Ortiz Ahlf se excusara para no participar en el debate por presuntamente tener conflicto de interés, ya que como diputada del PT votó en contra de la Reforma Energética que se aprobó en 2013, estimaron que el ministro presidente Arturo Zaldívar orientó la votación para desestimar el asunto, al dividir las votaciones.

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Gráfico ı Foto: larazondemexico

Apuntaron que, según los artículos 71 y 72 de la Ley reglamentaria del artículo 105 “la Suprema Corte podrá fundar la declaratoria de inconstitucionalidad en cualquier precepto constitucional, haya sido invocado o no, y podrá declararse la invalidez de las normas cuando las resoluciones fuesen aprobadas por ocho votos”.

Por ello, los senadores señalaron que el ministro presidente Arturo Zaldívar y el secretario general de Acuerdos, Rafael Coello, hicieron un cálculo indebido de la votación y omitieron pronunciarse respecto de las manifestaciones de la ministra Norma Lucía Piña Hernández, el ministro Javier Laynez Potisek y el ministro Alberto Peréz Dayan.

“La votación se tomó de manera incorrecta, al separar la votación por argumentos, transgrediendo lo dispuesto en el artículo 71 de la ley reglamentaria del artículo 105 constitucional”, establecieron.

Enfatizaron que el ministro presidente de la SCJN incumplió con la obligación de privilegiar la solución del conflicto.

“El presidente de la Suprema Corte de Justicia, dentro de su facultad de dirigir los debates, incumplió con la obligación que le impone el artículo 7 de la Ley Orgánica de turnar a un nuevo ministro o ministra para que formulara un nuevo proyecto de resolución, pues en el caso el proyecto no obtuvo la mayoría para su aprobación. El presidente de la Suprema Corte de Justicia, dentro de su facultad de dirigir los debates, incumplió con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley Reglamentaria del artículo 105 constitucional”.

lemm.

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