Desestiman por falta de causas que justifiquen la acción

SCJN batea controversia constitucional de Cofece; determina que LIE no invade facultades

La SCJN desecha la controversia constitucional promovida por la Cofece contra la Ley de la Industria Eléctrica; cambios no afectan el ámbito de competencia de la Comisión, determina

SCJN batea controversia constitucional de Cofece
SCJN batea controversia constitucional de Cofece Foto: ilustrativa

Por mayoría de seis votos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobreseyó la controversia constitucional que promovió la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) en contra de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), al determinar que no invade sus facultades y que no cuenta con interés legítimo para accionar la impugnación.

Durante la sesión de este lunes, el Pleno discutió el proyecto elaborado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, para resolver el asunto 44/2022, en atención a la impugnación de la Comisión, la cual alegó la invasión de sus facultades respecto al mercado energético.

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo dijo que la demanda de la Cofece no está encaminada a defender su ámbito competencial, sino que cuestiona la afectación a la libre competencia y la generación y comercialización de la energía eléctrica, sobre la cual, dijo, no tiene participación.

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“Por lo anterior, considero que esta Comisión Federal no tiene interés legítimo para accionar la controversia constitucional, pues, en realidad, lo que se pretende es defender los principios constitucionales de competencia económica y libre concurrencia en el mercado de la generación de electricidad y en la comercialización de ésta, lo cual, desde mi punto de vista, no incide en una afectación a sus competencias de forma directa máxima porque esta condición no tiene participación alguna en el mercado eléctrico… considero que en el presente caso procede el sobreseimiento por falta de interés legítimo ", argumentó el ministro.

Tras la exposición de Pardo Rebolledo y la sumatoria a este argumento por parte de los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Juan Luis González Alcántara Carrancá y del ministro presidente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, la ministra ponente optó por ajustar el proyecto en estos términos.

"Me parece convincente la exposición del ministro Pardo, de por qué en este caso concreto no tiene interés legítimo la Comisión Federal de competencia, me parece muy claro que es un mercado que no le toca regular a ella", dijo Arturo Zaldívar.

Con esto y con el voto a favor del proyecto modificado por parte de la ministra Yasmín Esquivel, la Suprema Corte declaró sobreseído el asunto, es decir, lo desestimó por falta de causas que justifiquen la acción.

Previo al inicio del debate, el ministro presidente anunció que mañana se llevará a cabo la votación para aprobar el acta de la sesión previa del 7 de abril, fecha en la cual también se desestimó la acción de inconstitucionalidad promovida por senadores de oposición.

Por otro lado, a la Corte le queda un pendiente por debatir respecto a la LIE, pues durante esta sesión se tenía previsto la discusión del asunto 45/2022, correspondiente a la controversia promovida por el Gobierno de Colima.

LRL

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