Que FGR no otorgue criterio de oportunidad

Treviño advierte que acuerdo con Lozoya no repara daño a Pemex y es ilegal

El daño provocado por Lozoya Austin es mayor a los 10.7 mdp que pretende pagar para quedar libre, señala en escrito

Carlos Treviño, exdirector de Petróleos Mexicanos. Foto: Especial

Carlos Treviño, exdirector de Pemex, se opone “tajantemente” a que la Fiscalía General de la República (FGR) otorgue a Emilio Lozoya un criterio de oportunidad, un acuerdo reparatorio, o le conceda una suspensión condicional de su proceso, al considerar que los recursos que el exfuncionario ha ofrecido entregar no reparan el daño que causó a la empresa productiva del Estado. Incluso, advierte que quienes le concedan ese beneficio al hoy preso podría incurrir en varios delitos.

En un escrito dirigido al fiscal Alejandro Gertz Manero y que fue entregado el pasado lunes 18 de abril, Treviño Medina acusa que “es público que esa fiscalía ja intentado favorecer indebidamente a Emilio Lozoya para que recobre su libertad mediante la concesión de beneficios no previstos en la ley”, por lo que pide que se cite a su representante legal a la audiencia en la que se debatirán “los beneficios indebidos que se le presenten conceder”.

Lo anterior, en alusión a la información periodística publicada el pasado 11 de marzo, según la cual Lozoya Austin pagaría 10.7 millones de dólares, con lo cual estaría en posibilidad de quedar en libertad.

En el documento entregado, Treviño recuerda que él mismo está siendo perseguido por señalamientos falsos de parte de Lozoya y lamenta que este pretenda dar en garantía de pago para la reparación del daño algunos inmuebles que son los productos delito que ya confesó haber cometido.

Señala que para que se le pudieran conceder los beneficios de la justicia restaurativa sería necesario que se cumpliera con requisitos establecidos por la propia ley, por parte de la Fiscalía, por Petróleos Mexicanos y por la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda, lo cual, a su juicio, no está ocurriendo.

En ese sentido, apunta que los delitos de asociación delictuosa, cohecho y operaciones con recursos de procedencia ilícita que ya se le imputaron no son perseguibles por querella sino de oficio, por lo que con base en el Código Nacional de Procedimientos Penales es legalmente improcedente celebrar un acuerdo reparatorio.

Situación que, señala, igualmente aplica para la investigación por la venta de la planta Agronitrogenados.

Treviño apunta que que con base en la misma norma, si a Lozoya se le concediera reparar el daño este no tendría que cuantificarse sobre la base de lo que obtuvo como beneficio indebido, sino que tendría que resarcir daños “de manera integral, adecuada, efectiva y proporcional”.

En esa lógica recuerda que Pemex ya ha señalado que el daño causado por quien fuera su primer titular en la administración de Enrique Peña “es irreparable”.

Adeudo con Etileno XXI

Para sustentar lo anterior, recuerda que Lozoya eliminó la cláusula de inmunidad soberana de Pemex, con lo cual la empresa productiva del Estado se vio obligada a pagar a Etileno XXI penalizaciones por dos mil 813 millones de pesos, por incumplimientos de suministro de etano.

Esta anomalía fue hallada, precisa, en la revisión de la Cuenta Pública 2018, en la que además de referir que la producción nacional de gas ha disminuido desde 2014 en 26.5%, también halló que en el caso de la empresa propiedad de Braskem Idesa, el costo de penalizaciones contractuales por incumplimiento de suministro de etano fue en 2016, 2017 y 2018, del orden de 283 millones, 810 millones y mil 720 millones de pesos, respectivamente.

La suma de las cantidades da los dos mil 813 millones de pesos, “monto que es independiente del que pueda sumarse con motivo del resto de las carpetas de investigación que aún pueden judicializarse en su contra”, sostiene.

Por lo anterior, considera que no es proporcional el acuerdo que pudiera establecerse con Lozoya y advierte que, de aceptarlo, “la Fiscalía, el Consejo de Administración de Pemex, la Unidad de Inteligencia Financiera y el propio juzgador por validarlo incurrían en responsabilidad administrativa y penal”.

De acuerdo con lo citado por su escrito quienes acepten ese acuerdo podrían cometer delitos contra la administración de la justicia, coalición de servidores públicos, ejercicio indebido del servicio público.

Lo anterior porque, agrega, “estarían inaplicando conjuntamente el artículo 30 del Código Penal Federal para permitir a Emilio Lozoya salir de prisión sin garantizar ni siquiera una fracción de lo que en realidad implicaría la reparación del daño causada por los delitos que se le imputan”.

Y también porque, subraya, “los funcionarios de Petróleos Mexicanos que participen en la autorización y aprobación del ese acuerdo también tienen conocimiento de que en ese caso resultaran gravemente afectados sus intereses”.

El exdirector de Pemex refiere que la ley de la empresa productiva apunta que sus consejeros son responsables de “los daños y perjuicios que llegaren a causar derivados de la contravención a sus obligaciones y a los deberes de diligencia y lealtad”.

El oficio de Treviño Medina, que consta de 11 hojas, fue recibido por la Oficina del Fiscal General de la República, en la Dirección de la Unidad de Documentación y Análisis.

fgr

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