Incurrió en uso indebido de recursos públicos, señala

Confirma TEPJF falta de Alfonso Durazo al promover Revocación de Mandato

El TEPJF confirma que Alfonso Durazo incurrió en el uso indebido de recursos públicos y la indebida promoción de la Revocación de Mandato

Confirma TEPJF falta de Alfonso Durazo al promover revocación de mandato. Foto: Cuartoscuro

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que el gobernador de Sonora, Alfonso Durazo, incurrió en uso indebido de recursos públicos para promover la revocación de mandato.

En sesión pública, la Sala Superior resolvió las impugnaciones que presentaron el propio mandatario estatal, así como funcionarios del estado, en contra de la sentencia de la Sala Regional Especializada, que declaró que Durazo infringió la ley al hacer propaganda gubernamental en periodo de veda, hacer uso indebido de recursos públicos y la indebida promoción de la revocación.

Los magistrados electorales concluyeron que los agravios argumentados fueron infundados e inoperantes.

“Contrario a lo alegado por los recurrentes, la decisión de tener por acreditadas las infracciones relativas a la difusión de propaganda gubernamental en el periodo prohibido de la revocación de mandato, y la indebida promoción de dicho proceso de participación ciudadana, se ajustó a derecho”, se estableció en la sentencia.

La Sala Superior del TEPJF también confirmó la sentencia dictada por la Sala Regional Especializada sobre el video difundido por el alcalde de Coyoacán, Giovani Gutiérrez, en Facebook, donde compartió una entrevista que se le hizo.

La Sala Regional Especializada determinó que se actualizaba la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido del proceso de revocación de mandato, con motivo de la difusión de una entrevista en la red social de Facebook del alcalde de Coyoacán, en la cual se pronunció sobre diversos programas y logros de su gobierno.

Al determinarse existente la violación denunciada, se dio vista al superior jerárquico para que impusiera la sanción correspondiente.

RFH

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