Víctimas pertenecían al EPR

Corte ampara a familias de dos desaparecidos

Comisión Nacional de Búsqueda presidirá investigación del caso; fueron detenidos en Oaxaca en 2007; la SCJN dio 30 días para crear un grupo interinstitucional que aclarare su paradero

Familiares de desaparecidos se manifiestan frente a la SCJN, el 22 de junio.
Familiares de desaparecidos se manifiestan frente a la SCJN, el 22 de junio. Foto: Cuartoscuro

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó un amparo a familiares de los activistas Edmundo Reyes Amaya y Gilberto Cruz Sánchez, militantes del Ejército Popular Revolucionario (EPR), quienes fueron detenidos por militares y policías locales en el centro de Oaxaca, en mayo del 2007.

La Corte solicitó crear, a más tardar en treinta días, un grupo interinstitucional para aclarar el paradero de ambos desaparecidos, que presidirá la Comisión Nacional de Búsqueda, con participación de la Secretaría de Gobernación, Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), la Fiscalía Especializada de Búsqueda de Personas Desaparecidas de la Fiscalía General de la República, y la Policía Federal Ministerial.

La sentencia señala que el grupo interinstitucional deberá diseñar el plan integral de búsqueda, con el fin de realizar las diligencias correspondientes en los cuarteles militares, de conformidad con lo establecido en esta ejecutoria, permitiendo la participación, en su caso, de instancias internacionales de derechos humanos, con el fin de que acompañen a las víctimas en las citadas diligencias.

El fallo, que fue presentado por la ministra Margarita Ríos Farjat, detalla que la Sedena, por conducto de todos los integrantes del Ejército, prestará las facilidades necesarias a la Fiscalía, así como a cualquier autoridad que tenga la encomienda de dar con el paradero de los quejosos.

Lo anterior tiene como finalidad que se investigue la desaparición forzada y permitir la entrada a cualquier instalación militar para buscar a los activistas.

También se solicitó a la Sedena informar quiénes eran los mandos a cargo del operativo realizado en mayo del 2007 en Oaxaca, para que declaren ante la FGR, que desde hace 15 años integra una averiguación por este caso.

La Primera Sala de la SCJN sostuvo que la desaparición forzada es una de las violaciones más graves a los derechos humanos que somete a los familiares de la persona a actos equiparables a tortura y tratos crueles e inhumanos, al desconocer el paradero y destino de su ser querido.

Indicó que este sufrimiento se ahonda ante la falta de respuesta institucional adecuada para localizar a la persona, porque genera un sentimiento de impotencia y refirió que la vida de la familia y, en general, de quienes rodeaban emocionalmente a la persona desaparecida, se ve sacudida con fuerza por la pesadumbre señalada.