Señala múltiples violaciones al artículo 41

Estas son las "inconstitucionalidades" identificadas por Monreal en el plan B

El coordinador de Morena en el Senado considera que limita las facultades reglamentarias del INE y la emisión de sentencias del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Estas son las “inconstitucionalidades” que Ricardo Monreal identificó en el plan B de la Reforma Electoral que se aprobó en la Cámara de Diputados
Estas son las “inconstitucionalidades” que Ricardo Monreal identificó en el plan B de la Reforma Electoral que se aprobó en la Cámara de Diputados Foto: Captura de pantalla

El coordinador de Morena en el Senado, Ricardo Monreal, identificó 21 bloques de inconstitucionalidades en el Plan B de la Reforma Electoral, los cuales presentó al secretario de Gobernación Adán Augusto López Hernández.

Entre las inconstitucionalidades que detectó destacan todas las referentes al debilitamiento del Instituto Nacional Electoral (INE), que incluye lo relacionado con cambios en el Sistema Nacional de Elecciones; su limitación en cuanto a facultades reglamentarias y fiscalizadoras; la eliminación de las 300 juntas distritales para crear órganos auxiliares, lo que incluye reformas el procedimiento para designar a los funcionarios de casilla; la creación de una Comisión Administrativa y la eliminación de la Secretaría Ejecutiva, de la Junta General Ejecutiva, la Oficialía Electoral y la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral.

Explica que otra falta constitucional en cuanto a la estructura del INE es la destitución del secretario ejecutivo, la designación del titular del Órgano Interno de Control y la ratificación de los consejeros electorales, porque todos estos elementos violan la autonomía del instituto, que se establece en la Carta Magna.

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Otro factor, señala el análisis realizado por el presidente de la Jucopo del Senado, es la limitación en la facultades constitucionales de los organismos públicos locales electorales (OPLES).

Por otra parte, refiere que va contra la norma constitucional la limitación que establece el Plan B al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para la emisión de sentencias, es decir, la limitación de su jurisdicción tanto en litigios de elección interna de dirigentes como de los candidatos a cargos de elección popular.

Indica que las restricciones tanto al INE como al TEPJF en estos aspectos limitan las sanciones a los infractores de la legislación electoral.

Respecto a la estructura del TEPJF, advierte Monreal, también es inconstitucional que se plantee la eliminación de la Sala Regional Especializada, que actualmente se encarga de revisar los recursos sobre los procedimientos sancionadores relacionados con la violación a las normas que regulan el acceso a radio y televisión de los partidos y candidatos.

En materia de propaganda, apunta el documento, las reformas a la Ley General de Comunicación Social son contrarias al artículo 134.

A estos elementos se suman el requisito para duplicar el número de afiliados requeridos para los nuevos partidos; la definición de la votación válida emitida, que incluye a candidatos independientes en la deducción de votos, lo que contraria a la Carta Magna, y el voto en el extranjero por Internet.

DGM

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