Mediante comunicado

"No hay opacidad" en nombramiento de integrantes de Comité Técnico de Evaluación: CNDH responde críticas

Comisión Nacional de Derechos Humanos criticó que actores políticos realizaron una campaña de descrédito al proceso de selección de dos integrantes del Comité Técnico de Evaluación; señaló que “no hay opacidad”

Comisión Nacional de los Derechos Humanos describió su proceso de selección para responder críticas. Foto: Especial.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) reprochó que consejeros y senadores del país cuestionen el proceso de selección de María del Socorro Puga Luévano y Ernesto Isunza Vera como integrantes del Comité Técnico de Evaluación que será el responsable de calificar la idoneidad de los cuatro nuevos consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE).

El órgano autónomo señaló que dicho proceso se realizó apegado a las normativas internas, además, aclaró que “si no se consultó” al Consejo Consultivo de la CNDH, es porque no hay ninguna prescripción legal para ello, por lo que “no hay opacidad”.

Por esa razón denunciaron que algunos actores políticos —“los mismos de siempre”, dijo— que se encuentran secundados por los consejeros consultivos sostengan una campaña de descrédito en contra de la CNDH, pues la actual gestión de Rosario Piedra se caracteriza, según la Comisión, como transparente y legal.

Luego de las críticas que ha recibido el órgano autónomo tras los nombramientos, aseveró que mantiene y refrenda su compromiso con la democracia y los derechos político-electorales, como demanda la mayoría del pueblo de México.

Rosario Piedra Ibarra, no sólo se apegó, como se ha dicho, a los criterios de selección señalados por la ley y en el Acuerdo de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, sino que consideró el cumplimiento de cinco condiciones más, fundamentales, y que incluso deberían ser extensivas a las personas Consejeras Electorales a elegir”, aclaró en un comunicado.

Por ello, dijo que al realizar la selección observó que se tratara de “personas de reconocido prestigio” como dice la Constitución, valoró que no hubieran sido postuladas o hubieran ejercido algún cargo de elección popular en los últimos cuatro años previos a la designación; además que no hubieran desempeñado cargos de dirección en partidos políticos nacionales o locales en los últimos cuatro años previos a la designación.

Otras condiciones que la CNDH consideró para la selección fueron que no hubieran desempeñado cargos de dirección en agrupaciones políticas nacionales o locales en los últimos cuatro años previos a la designación; también, que acreditaran su participación y compromiso en la defensa del sufragio y la transparencia electoral, y en general en la defensa de los derechos civiles y políticos; y no haberse desempeñado en algún cargo en el Instituto Federal Electoral, ni el Instituto Nacional Electoral, en los últimos 14 años.

AM

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