El Segundo Tribunal Colegiado Penal y del Trabajo en Oaxaca concedió un amparo contra el artículo 332 del Código Penal Federal, que castiga el aborto voluntario en cualquier etapa del embarazo con uno a cinco años de prisión.
Dicho amparo fue concedido el 13 de diciembre a una mujer que presentó demanda.
No más criminalización
El delito de aborto previsto, desde, 1931 en el Código Penal Federal (CPF) hasta la fecha nunca ha sido reformado o derogado, y sigue siendo aplicable por la Fiscalía General de la República (FGR) en todos los hospitales, clínicas y demás instalaciones federales.
"El precepto mencionado que penaliza el aborto voluntario es inconstitucional, ya que el sancionar penalmente a la mujer que decide voluntariamente interrumpir su embarazo en la primera etapa de gestación, contiene una categoría sospechosa de discriminación basada en el género, por lo que se limitan los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres", afirmó el tribunal.
Es inconstitucional penalizar el aborto
La Suprema Corte de Justicia declaró, en septiembre de 2021, que es inconstitucional penalizar el aborto en las primeras doce semanas de gestación, su sentencia sólo anuló la legislación de Coahuila, pero no obliga a los demás congresos locales a modificar sus códigos penales.
Cabe destacar que ni el actual Gobierno, ni el Ejecutivo federal ha presentado alguna iniciativa, ni la mayoría de Morena y sus aliados en el Congreso, han aprobado aún alguna reforma para modificar el artículo 332, que conserva la redacción con la que fue aprobado hace 92 años, respecto al aborto.