Esta mañana, la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó a México por el uso de la figura de Prisión Preventiva Oficiosa y violar la libertad y la presunción de inocencia, y solicitó a nuestro país una reforma constitucional para evitar, precisamente, la prisión preventiva, toda vez que se vulneran los derechos humanos.
La decisión y condena por parte de la Corte Interamericana, se produce por un caso histórico en territorio nacional: la prisión preventiva en la que permanecieron Daniel García y Reyes Alpízar durante 17 años, sin que se les emitiera sentencia alguna. De este caso, te contamos a continuación.
El caso de prisión preventiva de mayor duración sin condena en México
El 25 de febrero de 2002 fue detenido Daniel García, mientras que el 25 de octubre de ese mismo año se hizo lo mismo contra Reyes Alpízar, luego de acusárseles de responsables del asesinato de María de los Ángeles Tamés, séptima regidora de Atizapán, municipio del Estado de México. Desde ese momento, los dos permanecieron en prisión preventiva sin que se les probara su participación en el homicidio.
Así fue como permanecieron 17 años, privados de su libertad y siendo víctimas de tortura física y psicológica, tal y como lo narró Reyes Alpízar en un testimonio que envió a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Fue en 2017 cuando al ser investigado el caso por las Naciones Unidas, se determinó que las detenciones de ambos fueron arbitrarias.
Hasta el 2019, ambos fueron puestos en libertad condicional aunque en mayo del 2022 fueron sentenciados a 35 años de prisión, una decisión que impugnaron en su momento. El 19 de marzo, Reyes Alpízar fue absuelto, mientras que a Daniel García se le ratificó la condena por ser el "presunto autor intelectual" del crimen.
Caso sentenciado por la CIDH
Este día, la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, indicó que condena la prisión preventiva oficiosa y que las detenciones de Daniel y Reyes no se ajustaron a ninguna de las hipótesis permitidas en las normas internas para aprehender a una persona.
Juan Ricardo Pérez Manrique, presidente de la Corte, dijo que como medidas de reparación integral, el Estado debe concluir los procedimientos penales que se encuentran en curso lo más pronto posible, en estricto apego a las garantías del debido proceso.
Esto también incluye capacitar a los funcionarios de la Subprocuraduría de Justicia de Tlalnepantla, y dar tratamiento médico, psicológico, psiquiátrico o psicosocial a las víctimas que así lo soliciten. En este caso que representó el de mayor tiempo en prisión preventiva no sólo en México sino en América Latina, se consideró razonable por parte de la Corte, ordenar al Estado el pago de una indemnización de 50 mil dólares a cada una de las víctimas, así como otros 50 mil por daño inmaterial.