Un estudio del Senado de la República advirtió que es necesario que México considere al terrorismo como una amenaza real a la seguridad nacional.
El análisis del Instituto Belisario Domínguez, titulado “México frente al terrorismo, cooperación internacional, trabajo legislativo y políticas públicas”, explica que a pesar de que en el país no se han registrado atentados terroristas de gran impacto perpetrados por grupos fundamentalistas, como sucede en otros países, los hechos violentos derivados de actos cometidos por la delincuencia organizada abren la puerta a la consideración de que sean tomados como actos terroristas.
Señala que esto ha abierto el debate a que la actividad del crimen organizado sea considerada como terrorismo y clasificada como tal en la legislación.
“México está viviendo el fenómeno de la utilización del terrorismo como un método del crimen organizado. Debido a ello, los gobiernos, la sociedad, los medios de comunicación, académicos y líderes de opinión tienen el reto de encontrar métodos eficaces para entender y enfrentar a este fenómeno de manera conjunta y, de tal modo, no caer en el círculo perverso de causar más temor en la mente de la gente.
“El debate acerca de que si en nuestro país existen prácticas terroristas por parte de las bandas delictivas tiene ya más de 15 años, al hacer especial énfasis de los daños a la población civil, tal como ha sucedido en diferentes sucesos a lo largo del tiempo y en diferentes localidades”, indica.
El documento, elaborado por el investigador Juan Pablo Aguirre Quezada, refiere que en México se han registrado atentados como el del auto bomba en Plaza Universidad de la Ciudad de México o la destrucción de torres de electricidad en varias entidades federativas, en enero de 1994.
Agrega que, en fechas más recientes, algunos activistas han realizado manifestaciones con el fin de “analizar la procedencia de declarar como grupos terroristas a las organizaciones que en una o más ocasiones cometan ilícitos, con el fin de controlar territorios e instituciones, afectar la paz social y la seguridad nacional”.
Apunta que la Constitución no contiene disposiciones específicas sobre el concepto de terrorismo dentro de sus preceptos legales. Sin embargo, este delito sí está tipificado en leyes secundarias, como el Código Penal Federal (CPF), en que la conducta está señalada en su artículo 139, párrafo I, con penas de prisión de 15 a 40 años y 400 a mil 200 días de multa.
Además, menciona que en el Congreso se ha buscado legislar sobre el terrorismo y, tan es así, que en la LXIV Legislatura se presentaron 14 iniciativas, de las cuales ocho están en el Senado y seis en la Cámara de Diputados, de las que 11 siguen pendientes de revisión y dictaminación.
Además, en la actual legislatura se ha presentado una iniciativa, que también está pendiente de análisis y discusión en su propia comisión de la Cámara de Senadores.