El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, deberá abstenerse de realizar expresiones y declaraciones de índole electoral y evitar utilizar los espacios de comunicación oficial y aprovechar las funciones inherentes a su cargo con fines político-electorales.
Así lo determinó la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), donde al menos cinco magistrados se pronunciaron a favor del proyecto en este sentido de la magistrada Janine Otálora.
De esta forma, el TEPJF revocó la resolución de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) que había declarado improcedente la adopción de las medidas cautelares solicitadas por el PAN y Movimiento Ciudadano contra AMLO por las manifestaciones que realizó en las conferencias del 9 y 11 de mayo, en la que hizo un llamado a votar por los candidatos de Morena para obtener la mayoría calificada en el Congreso de la Unión.
Ahora, la Presidencia de la República tiene un plazo de 24 horas para eliminar esas publicaciones, que contiene los audiovisuales y/o versiones estenográficas de las conferencias matutinas de las citadas fechas, en cualquiera plataforma oficial.
Cabe señalar que en caso de que el titular del Ejecutivo federal incumpla la determinación, la Comisión de Quejas del INE podrá, de manera directa y sin trámite alguno, ordenar a cualquier concesionaria pública o privada el cese de cualquier transmisión o difusión de programas, spots o materiales de video y audio violatorios.
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Leo