Ley de Armas de Fuego y Explosivos

AMLO envía reforma para castigar hasta con 60 años de prisión uso de drones para transportar armas

La iniciativa de AMLO también propone multas de 400 a mil 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización a quienes usen drones como armas para cometer delitos en contra de las personas o bienes

AMLO envía reforma para castigar hasta con 60 años de prisión uso de drones para transportar armas.
AMLO envía reforma para castigar hasta con 60 años de prisión uso de drones para transportar armas. Imagen ilustrativa: Pixabay

El presidente Andrés Manuel López Obrador envió a la Comisión Permanente del Congreso una iniciativa de ley para castigar hasta con 60 años de prisión el uso de drones para transportar, activar o detonar armas, municiones y materiales para uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea.

La propuesta reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley de Armas de Fuego y Explosivos, y plantea sanciones de hasta 13 años de prisión a quien utilice drones con fines de espionaje o vigilancia contra agentes del estado cuando el objetivo sea agredirlos o evadir la justicia.

El objetivo, plantea, es establecer agravantes a los delitos cometidos en contra de las personas o bienes mediante el uso de aeronaves pilotadas a distancia para prevenir, evitar y castigar el uso de este tipo de aeronaves en actos en contra de bienes o servicios públicos o privados, en contra de la integridad física, emocional o vida de las personas que produzcan alarma, temor o terror en la población para atentar contra la seguridad nacional, presionar u obligar a la autoridad o a un particular a que tomen una determinación.

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Pena aumentará más si se dirige a las Fuerzas Armadas

Las reformas al Código Penal Federal establecen que se impondrá una pena de prisión de 15 a 40 años y multas de 400 a mil 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a quien utilice aeronaves pilotadas a distancia para cometer delitos en contra de las personas o bienes.

Considera, además, una sanción de 10 a 20 años de prisión a quien mediante el uso de aeronaves pilotadas a distancia realice la siguientes conductas:

  • Arroje cualquier objeto o artefacto explosivo, artefactos explosivos improvisados o armas, así como sustancias químicas que por si solas o combinadas sean susceptibles de ser empleadas como explosivos sobre otras personas o bienes e impacte a alguna persona o propiedad con el propósito de causar daño.

Establece que cuando la persona o el bien afectado pertenezca o esté destinado a las Fuerzas Armadas o de seguridad nacional o seguridad pública, la pena establecida aumentará hasta en una mitad.

Señala que cuando se cometiere por una persona servidora pública de alguna corporación policial, además de las penas señaladas y la destitución del empleo, se le inhabilitará de uno a 10 años para desempeñar cargo o comisión públicos.

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DAN

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