Avala participación de servidores públicos en procesos

Aspirantes no deben dejar sus cargos, resuelve TEPJF

La medida beneficia a los integrantes del Frente Amplio, Xóchitl Gálvez, Santiago Creel y Beatriz Paredes; confirma competencia del INE para emitir lineamientos de fiscalización

Aspirantes no deben dejar sus cargos, resuelve TEPJF Foto: Especial

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó que los servidores públicos que participan en procesos previos a los electorales tengan que renunciar o solicitar licencia a sus cargos.

Durante la sesión pública de la Sala Superior, los magistrados rechazaron con cinco votos en contra y dos a favor el proyecto de resolución que presentó la magistrada Janine Otálora Malassis, en el que planteaba que para que participaran en los procesos previos al inicio del proceso electoral, los funcionarios públicos se tenían que retirar de sus actuales cargos.

Dicha propuesta afectaba principalmente a aspirantes de la oposición, como Xóchitl Gálvez, Santiago Creel y Beatriz Paredes, quienes ahora podrán continuar su participación sin renunciar a la función pública que desempeñan.

“La participación de las personas servidoras públicas inscritas no es con la finalidad de respaldar a un partido o a una candidatura, sino que estas personas son quienes se encabezan y desarrollan los actos consistentes con su aspiración de ocupar algún liderazgo en estos procesos.

“Por ello, no existe otra garantía suficiente para asegurar la neutralidad y equidad, así como para prevenir el uso indebido de recursos públicos que exigen la separación del cargo público de quienes se inscriban para participar en estos procesos”, argumentó la magistrada ponente.

Gráfico

Ante la propuesta de Otálora, la magistrada Mónica Soto planteó que “exigir a las personas servidoras públicas que deban renunciar al cargo que ostentan constituye una medida desproporcionada”.

En el mismo sentido se pronunció el magistrado José Luis Vargas, quien apuntó: “La propuesta tal como se nos presenta no supera un test de constitucionalidad, porque es desproporcional”.

El magistrado Indalfer Infante argumentó que no existe un sustento legal para exigir a quienes participan en estos procesos que se separen de sus encomiendas actuales.

Batea queja

En la sesión, la Sala Superior resolvió otros dos recursos en contra de los lineamientos que emitió el INE en materia de fiscalización, que presentaron el PT y Morena, en los que cuestionaron la competencia de la Comisión de Fiscalización del Instituto para generar dichos criterios.

Al respecto, la Sala Superior consideró, por unanimidad, que, contrario a lo alegado por los partidos actores, el acuerdo impugnado si bien fue emitido por la Comisión de Fiscalización, fue convalidado por el Consejo General del INE, órgano al cual le fue reconocida la facultad para emitir los lineamientos.