Reforma Laboral 2023

Esta sería la nueva edad mínima por ley para trabajar en México

Falta poco para que conozcamos la resolución a la propuesta de Reforma a la jornada laboral y todavía hay nuevas iniciativas alrededor de ella

Los adolescentes de 15 años, deberán tener un permiso para laborar.
Los adolescentes de 15 años, deberán tener un permiso para laborar. Especial

El Instituto Nacional de Evaluación Educativa reveló que en México, cerca de 800 mil niños y niñas de entre 5 y 17 años de edad, trabajan jornadas de 35 horas y más a la semana. En nuestro país se cree que la edad mínima para laborar son los 18 años, sin embargo esa no es la edad mínima en la que se permite trabajar aquí.

Aunque no hay una iniciativa para reformar esta edad, se han mencionado algunos rumores que apuntarían a que se bajaría un poco la edad en la que se comience a trabajar en nuestro país, a fin que aspiren a mejores sueldos y mejor calidad de vida en los próximos años. De eso te contamos a continuación.

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Las empresas están en contra de esta reducción de la jornada laboral.

¿Esta sería la nueva edad mínima por ley para trabajar en México?

En México, la edad mínima para trabajar es de 15 años, no de 18 como muchos piensan; sin embargo, hay restricciones para que las empresas, los patrones, puedan contratar a menores de esas edades. Para que un menor de 15 años pueda trabajar en una empresa en México, deben tener el permiso de sus padres o de sus tutores.

Posiblemente, de ser ciertos los rumores que se hablan alrededor de la reforma a la jornada laboral, la edad bajaría de este límite, aunque hasta el momento, repetimos, no hay una iniciativa formal que indique que los menores podrían comenzar a laborar con menos de 15 años de edad.

Recordemos que la Ley Federal del Trabajo establece para mayores de 15 años y menores de 16 años, las siguientes consideraciones:

  • Deberán obtener un certificado médico que acredite su aptitud física para laborar.
  • Cumplir con los exámenes médicos que acrediten la aptitud para desempeñar las actividades laborales.
  • Jornada máxima de seis horas, con descanso de cuando menos una hora por jornada laboral.
  • Queda prohibido trabajar horas extras, los días domingos y en sus días de descanso.
  • El periodo vacacional será, por lo menos, de dieciocho días anuales y en caso de no haber cumplido el año de servicio será proporcional al tiempo laborado.
  • Se necesita de la autorización del padre, madre o persona tutora para desempeñar la actividad laboral.
Los adolescentes de 15 años, deberán tener un permiso para laborar.
Los adolescentes de 15 años, deberán tener un permiso para laborar.

¿Qué pasa si contratan a alguien menor de esta edad?

El Artículo 22 Bis de la LFT señala que, cuando las autoridades laborales detecten trabajando a un menor de 14 años fuera del círculo familiar, ordenará que de inmediato cese en sus labores; y, al patrón que incurra en esta conducta, se le sancionará con las penas establecidas.

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