Trabajar desde casa se volvió en algo recurrente desde la pandemia y hasta ahora, en donde incluso la llamada Ley Home Office se instauró para que los patrones se vieran obligados a que un porcentaje de la jornada laboral semanal se realice en casa.
El estrés radica también, para muchos, en tener que prender la cámara al realizar alguna junta o alguna reunión, así que una de las dudas recurrentes ante esta implementación, es si están obligados o no a encender la cámara.
¿Mis jefes me pueden obligar a prender la cámara en home office?
Recuerda que la NOM-037 regula el teletrabajo o home office en México, pero también establece derechos y obligaciones tanto para empleados como para patrones. Esta misma norma, conocida como "Ley del Home Office", tiene como objetivo establecer las condiciones de seguridad y salud en los lugares de trabajo en donde se realizan las actividades laborales.
Una de las dudas más comunes que tienen los empleados al hacer home office es si los patrones o jefes pueden obligarlos a encender sus cámaras si es que tienen alguna junta o reunión virtual. Esta misma norma establece que las cámaras, micrófonos u otros mecanismos de localización, sólo deben ser de uso obligatorio para reuniones, videoconferencias, capacitaciones y cuestiones relacionadas con la seguridad e higiene del lugar de trabajo.
No a la solicitud invasiva
En este sentido, los patrones y jefes no pueden utilizar estos dispositivos de manera invasiva para verificar la disponibilidad o conexión de los trabajadores en modalidad de home office. La legislación lo que busca también es proteger la privacidad de los empleados y garantizar que el home office se realice en condiciones justas.