Fue acusada de actos anticipados de campaña

Tribunal Electoral anula medidas cautelares a giras de Claudia Sheinbaum

El TEPJF dio luz verde para que la candidata presidencial Sheinbaum Pardo pueda hacer sus giras en lugares públicos

 La Dra. Claudia Sheinbaum, aspirante a la candidatura de la Presidencia de la República del partido Morena, podrá llevar acabo los eventos de su gira “La esperanza nos une” en lugares públicos.
 La Dra. Claudia Sheinbaum, aspirante a la candidatura de la Presidencia de la República del partido Morena, podrá llevar acabo los eventos de su gira “La esperanza nos une” en lugares públicos. Foto: Cuartoscuro/ Omar Martínez Noyola

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las medidas cautelares que el Instituto Nacional Electoral (INE) impuso a Claudia Sheinbaum para limitar sus eventos a lugares cerrados, ante la presunción de actos anticipados de campaña.

Por mayoría de votos –no estuvieron de acuerdo el magistrado presidente Reyes Rodríguez y Janine Otálora Malassis– resolvieron que la Comisión de Quejas y Denuncias del instituto valoró de manera indebida los actos que denunció el diputado federal de Movimiento Ciudadano, Jorge Álvarez Máynez.

“Peliminarmente se concluye que las expresiones realizadas por la citada denunciada en los referidos eventos, no tiene una connotación electoral, dado que, en modo alguno, se advierten indicios de que se hiciera un llamado de forma expresa al voto, se posiciona a favor y en contra de opciones políticas o bien, se promueve su postulación”, establece la resolución.

Originalmente, la magistrada Otálora Malassis había planteado confirmar la medidas cautelares contra los eventos de Sheinbaum; sin embargo, a partir del engrose que realizó el magistrado Felipe de la Mata se modificó la propuesta.

“Las manifestaciones de la denunciada se dirigieron a la militancia y a la ciudadanía como parte de los eventos relacionados con la gira denominada 'La Esperanza nos une' o 'Firma del Acuerdo de Unidad para la Transformación', o 'Toma de Protesta de Comités de la Cuarta Transformación'; de esa manera, en apariencia del buen derecho se concluye que tales expresiones corresponden a las actividades relacionadas con la normatividad interna de Morena, en ejercicio de su derecho de autoorganización y determinación”, precisó.

El engrose del la sentencia se notificó este jueves, luego de que se resolvió el miércoles y puntualizó para la Sala Superior únicamente “las manifestaciones explícitas e inequívocas, y sus equivalentes funcionales, pueden llegar a configurar actos anticipados de campaña”.

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