El amparo fue promovido el 16 de agosto

SCJN rechaza atraer recurso de queja de Emilio Lozoya

Suprema Corte de Justicia de la Nación rechazó atraer un recurso de queja que interpuso Emilio Lozoya Austin, ex director de Petróleos Mexicanos

Emilio Lozoya Austin, ex director de Pemex Foto: Archivo Cuartoscuro

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó atraer un recurso de queja que interpuso Emilio Lozoya Austin, ex director de Petróleos Mexicanos (Pemex).

El exfuncionario federal pretendía en su queja que la Corte se pronunciara sobre la determinación de un juez de control que en julio declaró improcedente su petición de declarar prescrito el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita en el caso Agronitrogenados.

Registros judiciales publicados este lunes en la Corte y el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal, Emilio Lozoya buscaba que el Alto Tribunal se pronunciara sobre la determinación de un juez de control que en julio pasado declaró improcedente su petición de declarar prescrito el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita en el caso de la planta chatarra de Agronitrogenados.

El documento consta que el amparo fue promovido el 16 de agosto de este año; tan solo 15 días antes de que se llevará a cabo la audiencia intermedia donde la Fiscalía General de la República (FGR) iba acusar formalmente a Emilio Lozoya por dicho delito.

La demanda fue admitida a trámite por el juzgado Octavo de Distrito de Amparo en Materia Penal del Primer Circuito; después la defensa de Lozoya interpuso un recurso de queja que ingresó al Tercer Tribunal Colegiado en la Ciudad de México, mismo que se le hizo llegar a la Corte para atraerlo y que fue desechado por el máximo tribunal, debido a que ningún ministro quiso hacerla suya de oficio.

El pasado 23 de noviembre, una jueza federal ordenó que una residencia de más de mil metros cuadrados, que era resguardada por la Fiscalía General de la República (FGR), regrese a manos del exdirector Lozoya Austin.

La decisión de Ana Lilia Osorno Arrollo, jueza segunda de Distrito en Materia de Extinción de Dominio, se debió a que el trámite de la Fiscalía para que el predio cambiara de dueño se basó en un recurso legal que no se encontraba vigente al momento de la compra del mismo con recursos de presunto origen ilícito, según información dada a conocer en la investigación.

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