La ministra Lenia Batres Guadarrama realizó la solicitud a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que su sueldo “no exceda lo que establece la Constitución y que no se le inscriba en ninguno de los seguros privados”; sin embargo, este lunes trascendió a través de fuentes de la SCJN que esta petición no puede ser posible.
Y es que a través de un oficio se le notificó a la ministra, integrante de la segunda sala que no se le puede dejar de depositar integro su sueldo, y es que para ello correspondería a ella reintegrar a la Tesorería de la Federación lo que considere que excede el salario del Presidente de la República.
Lenia Batres fue informada respecto a que la única opción que tiene es renunciar a todo su salario, pues no les es permitido reducirlo debido a que no es una prestación y, según la Ley Federal del Trabajo, es ilegal reducir un sueldo a un trabajador, por lo que de elegir esta opción, es necesario que la funcionaria envíe todo de manera formal, es decir, por medio de un escrito y no desde redes sociales.
Sin embargo, de acuerdo con el oficio LBG/003/2023, Lenia Batres pidió a la ministra presidenta instruir al personal de Recursos Humanos del Alto Tribunal para que le sea asignado el salario conforme al monto dispuesto en el artículo 127, el cual establece que ni un servidor público puede obtener un sueldo superior al del presidente de la República.
También se precisa que de afiliarla al ISSSTE como lo solicitó, Batres, caería en una contradicción y violación a la propia Constitución pues, gracias a su cargo como ministra tendrá el beneficio de una pensión al retirarse, prestación que se duplicaría al ingresar al ISSSTE y tendría doble pago por un mismo cargo, lo cual es ilegal.
La Suprema Corte ratificó que el salario de la magistrada será entregado por completo y ella tendrá la opción de de regresar a la Tesorería de la Federación (Tesofe) aquella cantidad que considere excedente de acuerdo a lo que dicta la Constitución.
JVR