El 18 de enero terminaron las precampañas de los y las precandidatas a la presidencia de la República Mexicana. Las elecciones del 2 de junio representan las más importantes en el país por la cantidad de cargos que la ciudadanía elegirá a través de su voto, incluyendo la de la figura que sucederá en el cargo al presidente Andrés Manuel López Obrador.
Ahora que se habla de las intercampañas, es necesario que conozcas lo que representan, lo que duran y lo que pueden o no pueden hacer los y las precandidatas en este periodo de tiempo, establecido por el Instituto Nacional Electoral. ¿Qué implica esta etapa del proceso electoral? Aquí te explicamos.
¿Qué son las intercampañas electorales?
De acuerdo al propio INE, las intercampañas electorales son "el periodo que transcurre entre la conclusión de las precampañas y el inicio de las campañas electorales". Estas intercampañas comienzan este 19 de enero y terminan el 29 de febrero próximo y se consideran también como un espacio para que los partidos políticos, de cara a la Jornada Electoral del 2 de junio, "resuelvan posibles diferencias sobre la selección interna de sus candidatas y candidatos a los diferentes cargos de elección popular, así como para permitirle al INE revisar el cumplimiento de requisitos de las solicitudes de registro de las postulaciones".
¿Qué pueden y no pueden hacer los y las precandidatas en las intercampañas electorales?
El INE indica que las personas aspirantes no podrán aparecer en spots, debates o mesas redondas o de análisis de radio y televisión, en donde esté presente más de una o un precandidato. "Del mismo modo, el contenido de su propaganda comicial sólo puede tener un carácter informativo".
Lo que aclara el propio instituto es que se puede hacer difusión de propaganda política, "la cual tiene como finalidad presentar la ideología, principios, valores o programas de un partido político en general, para generar, transformar o confirmar opiniones a favor de ideas y creencias; o bien, invitar a la ciudadanía a formar parte del mismo, con el objeto de promover su participación en la vida democrática del país o incrementar el número de sus afiliados".
Actos anticipados de campaña durante la intercampaña
De acuerdo al INE, para que una acción constituya un acto anticipado de campaña, se deben reunir tres requisitos:
- Un elemento personal: que los realicen los partidos políticos, así como sus militantes, aspirantes, precandidatos o candidatos;
- Un elemento temporal: que acontezcan antes, durante o después del procedimiento interno de selección de candidatos y previamente al registro constitucional de candidaturas;
- Un elemento subjetivo: que tengan el propósito fundamental de presentar la plataforma de un partido político o coalición, o promover una candidatura para obtener el sufragio de la ciudadanía en la Jornada Electoral.
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