Acción legal

Esto debes saber en México sobre la pensión alimenticia

Rebeca Pujol, Magistrada del TSJCDMX, dijo que el tema de la pensión alimenticia es un derecho universal para los menores; es el tutor a cargo quien debe velar por ese derecho fundamental en el menor

Pensión alimenticia.
Pensión alimenticia. Especial

Rebeca Pujol, Magistrada del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, Sala Primera Familiar, dijo que el tema de la pensión alimenticia es un derecho universal para los menores, y que es el tutor a cargo quien debe velar por ese derecho fundamental en el menor.

Según datos del Inegi 67.5 por ciento de las madres solteras no reciben una pensión alimenticia; además, 3 de cada 4 hijos de padres separados no reciben pensión alimenticia; lo anterior debido a que las mujeres en ocasiones prefieren no ingresar un trámite por pensión alimenticia a sufrir violencia vicaria, muy lamentable y popular en la actualidad.

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Asimismo quienes si obtienen una pensión alimenticia en un 91por ciento de los casos los acreedores son los hijos, 8.1 por ciento son las exparejas y los hijos y un 0.9 por ciento son los hijos y el esposo.

La pensión alimenticia, es el derecho que brinda la ley a los hijos, en caso de separación o divorcio de los padres, de recibir recursos económicos necesarios para: alimentos, ropa, calzado, medicinas, esparcimiento, educación y útiles escolares solo por mencionar algunos.

¿Quiénes pueden solicitar una pensión para menor?, quien ejerce la patria potestad, el tutor, hermanos y demás parientes colaterales hasta el cuarto grado, el ministerio público.

La demanda se presenta ante un juzgado familiar que normalmente se encuentran en la sede o subsedes de los Tribunales de Justicia; cuando son menores de edad los beneficiados, la demanda la debe presentar a su nombre su representante que de facto es uno de sus padres. Si el beneficiado es mayor puede presentarla el mismo.

Requisitos para solicitar una pensión alimenticia:

  • Actas de nacimiento de sus hijos.
  • Acta de matrimonio en caso de que la cónyuge no tenga trabajo o se haya dedicado al hogar durante el matrimonio o bien comprobante de concubinato.
  • Las necesidades del niño/a: a través de una lista con sus gastos de alimentación, educación, recreación, vivienda, salud, vestuario, movilización, luz, agua, gas, teléfono, etc.
  • La capacidad económica y patrimonial del demandado: mediante liquidaciones de sueldo, declaración de impuesto a la renta, boletas de honorarios y antecedentes de su patrimonio.

En el caso de que la pensión alimenticia hijos no sea brindada de forma voluntaria por los padres, existen dos vías para reclamarla: extrajudicial, y judicial: Extrajudicial; los progenitores pueden llegar a un acuerdo en cuanto al monto de la pensión alimenticia hijos, sin necesidad de acudir a un juez, judicial; la justicia dispone de medidas para obligar a que se efectúe el pago de la pensión alimenticia hijos. Las mismas van desde una citación intimatoria, hasta la prisión.

Para reclamar alimentos en vía judicial, se debe hacer ante un Juez del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal en Materia Familiar, en el caso de la Ciudad de México, se hace en avenida Juárez # 8, Col. Centro, mientras que en el interior de la republica debes acudir directamente a los juzgados en la materia en cada entidad.

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