Exalcalde de Iguala

Tribunal ratifica amparo a José Luis Abarca y Ángeles Villa contra formal prisión por delincuencia organizada

La pareja seguirá en prisión porque enfrenta otros procesos penales por enriquecimiento ilícito y delincuencia organizada

El ex alcalde de Iguala, José Luis Abarca es señalado por el delito de delincuancia organizada.
El ex alcalde de Iguala, José Luis Abarca es señalado por el delito de delincuancia organizada. Foto: AP

Magistrados del Cuarto Tribunal Colegiado en materia penal confirmaron la sentencia de amparo para dejar insubsistente el auto de formal prisión en contra del exalcalde de Iguala, José Luis Abarca, y de su esposa María de los Ángeles Pineda, por el delito de delincuencia organizada por supuestos vínculos con “Guerreros Unidos”.

La pareja seguirá en prisión porque enfrenta otros procesos penales por enriquecimiento ilícito y delincuencia organizada. Abarca se encuentra en el penal de máxima seguridad de El Altiplano en Almoloya, Estado de México, mientras que la extitular del DIF municipal está en la cárcel de Amacuzac.

“Guerreros Unidos” está vinculado con la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa, ocurrida el 26 de septiembre de 2014 en Iguala, cuando Abarca Velázquez era el presidente municipal, a quien se mencionó de haber dado la orden para “levantar” a los jóvenes.

De manera unánime, los integrantes del Tribunal Colegiado del Estado de México, declararon “infundado e inoperante” el recurso de revisión que presentó la Fiscalía General contra la sentencia de amparo dictada a Abarca y Ángeles Villa por el Juzgado Cuarto de Distrito, contra el auto de formal prisión emitido en septiembre de 2022.

En sesión, se aprobó el proyecto del magistrado Mauricio Torres donde indicó que el Ministerio Público Federal expuso “conceptos de agravio que, en términos generales, resultan inoperantes por no controvertir las particulares razones que dio el juez de Distrito para considerar que el acto reclamado adolecía de fundamentación y motivación”.

Torres detalló que el Ministerio Público “trató de combatir de manera individual; sin embargo, se contestan esos conceptos diciendo que son infundados puesto que no le asiste la razón al recurrente, están debidamente acreditados eses defectos de fundamentación y motivación a los que hizo referencia el juez de distrito”.

Precisó que el amparo es para “efectos de vicios formales por lo que no vincula a emitir un auto de libertad, sino a realizar un nuevo estudio de la situación jurídica de los quejosos con libertad de jurisdicción”.

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