Por unanimidad de votos

SCJN reafirma la paridad de género en ejidos

El proyecto señala que la obligación de incluir candidatas mujeres para los órganos de representación de los ejidos no vulnera la libertad de asociación

SCJN reafirma la paridad de género en ejidos. Foto: Cuartoscuro.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó constitucional el artículo 37 de la Ley Agraria, en su redacción anterior a una reforma de 2023, que prohíbe que más del 60 por ciento de las candidaturas a puestos de elección del comisariado ejidal y del consejo de vigilancia se integraran por personas de un mismo género.

Por unanimidad de votos, los ministros de la Segunda Sala aprobaron el proyecto de sentencia de la ministra Yasmín Esquivel Mossa.

El proyecto señala que la obligación de incluir candidatas mujeres para los órganos de representación de los ejidos no vulnera la libertad de asociación, pues busca que la participación de las mujeres en la organización de los núcleos ejidales sea una realidad.

De acuerdo con el proyecto avalado, la ministra indica que se busca que la participación de las mujeres en la organización de los núcleos ejidales sea una realidad, lo cual resulta especialmente necesario ante el historial de segregación cultural que han sufrido, particularmente en el campo.

Bajo esa línea, se concluyó que la norma reclamada de la Ley Agraria resulta constitucional, ya que promueve la igualdad entre hombre y mujeres ordenada el artículo 4 de la Constitución Federal, al establecer que en la elección de representantes ejidales deben contender también mujeres.

La ministra subraya que, con ello se recorta la brecha que aún existe para que el género femenino pueda participar de manera efectiva en la toma de decisiones en diferentes ámbitos, como sucede al interior de los ejidos.

JVR

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