Ley Federal del Derecho de Autor

SCJN inicia análisis de reformas de derechos de autor que admiten a plataformas digitales borrar contenido

La Suprema Corte de Justicia de la Nación comenzó el análisis de las impugnaciones a preceptos de la Ley Federal del Derecho de Autor

La SCJN comenzó el análisis de las impugnaciones a preceptos de la Ley Federal del Derecho de Autor.
La SCJN comenzó el análisis de las impugnaciones a preceptos de la Ley Federal del Derecho de Autor. Foto: Freepik

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) inició el análisis de las impugnaciones a diversos preceptos de la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) y del Código Penal Federal, que se incluyeron con motivo de la suscripción del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), con el propósito de garantizar la tutela y protección de los derechos de autor y los derechos conexos, ante el desarrollo del entorno digital.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) inició el análisis de las reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor, que permiten a plataformas digitales–como Facebook– retirar unilateralmente contenidos de sus sistemas cuando se infrinjan derechos de autor, una regulación establecida en el Tratado México, Estados Unidos y Canadá.

El ministro Javier Laynez Potisek propuso al pleno invalidar las reformas emitidas en 2020, derivado de la acción de inconstitucionalidad que interpuso la CNDH contra dichas normas, al estimar que la facultad concedida a los proveedores de servicios en línea para el retiro de contenido puede generar arbitrariedades.

“Un procedimiento unilateral, que no es claro y que le permite a la plataforma bajar información o contenido. Cuando lo considera razonablemente violatoria de derechos humanos, nos parece contrario al orden constitucional”, indicó Laynez.

Por su parte Yasmín Esquivel Mossa se pronunció por reconocer la validez de las disposiciones impugnadas, ya que a su consideración el referido mecanismo para inhabilitar materiales digitales, además de buscar la protección de los derechos de autor.

Juan Luis González Alcántara Carrancá, dijopor su parte que “se tratan de normas restrictivas, aunque la regulación sea parte de los acuerdos en el T-MEC”.

Agregó: “Ese mecanismo se ha regulado en nuestro país con el objeto de cumplir con el Tratado entre México, Estados Unidos de América y Canadá, el cual prevé en su capítulo 20 la obligación que las partes incorporen un procedimiento de este tipo”.

Al cierre de la sesión de este martes los ministros Yasmín Esquivel Mossa, Alberto Pérez Dayán, Loretta Ortiz Ahlf y Margarita Ríos Farjat, se pronunciaron por la validez de las reformas aprobadas en 2020; Juan Luis González Alcántara Carrancá, Luis María Aguilar Morales, y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena se manifestaron porque se invalidara todo el sistema; Lenia Batres Guadarrama fue por la invalidez parcial de la norma.

Norma Lucía Piña Hernández y Jorge Mario Pardo Rebolledo, no se han pronunciado e indicaron lo harán el jueves cuando se reanude la sesión.

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FBPT

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