Determina que no son jurídicamente vinculantes

SCJN rechaza opiniones de la CIDH para jueces

La ministra presidenta Norma Piña dio un guiño al proyecto, señalando que “las opiniones sólo tienen relevancia jurídica por su calidad argumentativa”

La Suprema Corte de Justicia, en sesión ordinaria, en imagen de archivo. Foto: Cuartoscuro

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al resolver una contradicción de criterios sustentada entre dos Tribunales Colegiados de Circuito, determinó que las opiniones consultivas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) no son jurídicamente vinculantes.

El ministro Gutiérrez Ortiz Mena mencionó que éstas “no tienen carácter vinculante” para los jueces mexicanos, en tanto que la ministra presidenta Norma Piña dio un guiño al proyecto, señalando que “las opiniones sólo tienen relevancia jurídica por su calidad argumentativa”.

Por su parte, el ministro Pérez Dayán aseguró que “las opiniones consultivas sirven como guía para los jueces, pero no son de cumplimiento obligatorio”. Yasmín Esquivel también destacó que “son orientativas y se toman en cuenta en la ponderación y análisis de cada caso”.

La Corte señaló que dichas opiniones consultivas son jurídicamente distintas de las sentencias contenciosas y, aunque no son vinculantes para las personas juzgadoras mexicanas, sí cuentan con relevancia jurídica y una alta autoridad interpretativa, porque impactan en la forma en que se pueden entender los derechos y el alcance de las obligaciones asumidas en el ámbito internacional, por lo cual pueden ser tomadas en cuenta al dictar resoluciones judiciales.