Trabajadores

¿Me pueden dar el aguinaldo en especie? Esto dice la Ley Federal del Trabajo

Los trabajadores tienen que recibir su pago antes del 20 de diciembre

Es importante que el patrón cumpla con la Ley Federal del Trabajo.
Es importante que el patrón cumpla con la Ley Federal del Trabajo.

Quedan pocas semanas para que el año termine, ante esto, millones de trabajadores de la República Mexicana esperan por parte de sus empresas un pago adicional, mejor conocido como aguinaldo, el cual sirve para cubrir los gastos de las festividades que reúnen a todas las familias. Cabe resaltar, que este ingreso lo tiene que realizar de forma obligatoria el patrón, porque es un derecho que tienen los mexicanos.

Asimismo, este beneficio es una prestación de la Ley Federal del Trabajo que está vigente desde 1970. De acuerdo con el artículo 87, los trabajadores tienen derecho a un aguinaldo anual, el cual se debe pagar antes del 20 de diciembre, y este debe ser por lo menos de quince días de salario. En dado caso, de que una persona no haya laborado en una empresa durante los 365 días, se debe de realizar el pago proporcional al tiempo trabajado.

¿Se puede pagar con insumos el aguinaldo?
¿Se puede pagar con insumos el aguinaldo?

Además, ningún trabajador está exento a no recibir el pago anualmente, la Ley del Federal del trabajo, también establece que todos los colaboradores de una empresa, de base, de confianza de planta, sindicalizados, por obra o tiempo determinado, eventuales, comisionistas, agentes de comercio de seguro vendedores o todos aquellos que se rigen por las leyes establecidas de los trabajadores, son acreedores a esta prestación.

Así puedes calcular cuánto de toca de aguinaldo

A pesar de que en los últimos días se ha hablado de una nueva ley para que el aguinaldo ya no se calcule por 15 días, sino por 30, todavía no es una realidad. Por ello y para conocer cuánto le toca a un trabajador en este próximo fin de año, el calculo se tiene que hacer como los períodos pasados. Asimismo, es necesario tomar en cuenta el salario actual del empleado y el tiempo que ha prestados sus servicios.

Por ejemplo, supongamos que una persona gana $10,000 pesos mensuales, esta cantidad se debe dividir en 30, el resultado es el sueldo diario, así que $333.33 se va a multiplicar por 15, y por último se obtiene la cantidad de $5,000 pesos, este sería el pago del aguinaldo.

¿El aguinaldo se puede dar en especie? 

Por otra parte, es importante recordar, que la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) es la encargada de verificar que la Ley del Trabajo se efectúen en beneficio de los trabajadores, para ello, en sus sitios oficiales comparte material para que los beneficiarios conozcan todos sus derechos, ya que en muchas ocasiones los patrones no cumplen con sus obligaciones.

Así, que si un patrón quiere cubrir el aguinaldo con especies, estaría cayendo en malas prácticas, porque tanto el salario como el pago extra de fin de año deben pagarse con la moneda en curso legal. No están permitido hacerlo en vales, mercancía, fichas o cualquier otro signo representativo con lo que se pretenda sustituir el efectivo.

Finalmente, si el patrón no realiza el pago de aguinaldo antes del 20 de diciembre, el trabajador puede acudir con la PROFEDET, ya que esta procuraduría ofrece servicios de orientación, asesoría, conciliación, y representación jurídica con la finalidad de que se cumpla la ley entorno a los derechos de los trabajadores.

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