Con 408 votos a favor

Diputados aprueban en lo particular reformas constitucionales en materia de bienestar

El proyecto indica que el Estado mantendrá precios de garantía para el maíz, frijol, leche, arroz y trigo harinero o panificable

Diputados aprueban en lo particular reformas constitucionales en materia de bienestar.
Diputados aprueban en lo particular reformas constitucionales en materia de bienestar.

Con cambios en lo particular, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó con mayoría calificada de 408 votos a favor, 65 en contra y cero abstenciones el dictamen que reforma los artículos 4º y 27 de la Constitución Política, en materia de bienestar.

A fin de reducir de 68 a 65 años la edad para que las personas adultas mayores reciban una pensión por parte del Estado y otorgar a las personas con discapacidad permanente, menores de 65 años, una pensión no contributiva se aprobaron las reformas.

La reforma se da de igual forma para que el Estado garantice, en los términos que fije la ley, la entrega de un jornal seguro, justo y permanente a campesinos que cultiven sus tierras con árboles frutales, maderables y especies que requieren ser procesadas, así como un apoyo anual directo y fertilizantes gratuitos a productores de pequeña escala, y un apoyo anual directo a pescadores de pequeña escala.

Indica que el Estado mantendrá precios de garantía para el maíz, frijol, leche, arroz y trigo harinero o panificable, en los términos de las disposiciones aplicables.

El presidente de la Mesa Directiva, Sergio Gutiérrez Luna, dijo que, una vez aprobado en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto se remite al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

Durante la discusión en lo particular, diputadas y diputados de Morena, PAN, PT, PRI y MC presentaron diversas propuestas de modificación a la totalidad de los artículos del proyecto de decreto, las cuales fueron desechadas o retiradas.

El Pleno solo aceptó la reserva presentada por la diputada Lilia Aguilar Gil (PT) para modificar el párrafo séptimo del artículo 4º, a fin de cambiar los términos “familia” por “persona” y “vivienda digna y decorosa” por “vivienda adecuada”.

Asimismo, adicionar un artículo Sexto Transitorio para señalar que “el Congreso de la Unión dispondrá de un plazo de 180 días, a partir de la publicación del decreto, para armonizar la legislación secundaria en materia de vivienda adecuada”.

Aguilar Gil explicó que actualmente dicho artículo menciona que “toda familia tiene derecho a una vivienda digna y decorosa”, por lo que planteó cambiar el texto para establecer que “toda persona en lo individual tiene derecho a una vivienda adecuada”.

Precisó que se cambia al término “adecuada” conforme la Agenda 2030 y las determinaciones de ONU-Habitat que definen que adecuada incluye seguridad en la tenencia, disponibilidad en los servicios, accesibilidad, habitabilidad, asequibilidad, lugar y adecuación cultural.

JVR

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