Pese a los 133 votos en contra de la oposición, la mayoría legislativa en la Cámara de Diputados aprobó en lo general, con 340 votos a favor el dictamen de "supremacía constitucional", que impide al Poder Judicial invalidar u otorgar amparos para "frenar" reformas a la Carta Magna.
Fue el pasado 25 de octubre cuando el pleno del Senado de la República aprobó en lo particular y lo general el dictamen, pese a los señalamientos del bloque opositor, conformado por PRI PAN y MC, que cuestionaron la "urgencia" de Morena y aliados del PT y el PVEM por aprobar el dictamen que reforma los artículos 105 y 107 de la Constitución Mexicana.
Morena defiende cambios; oposición advierte "regresión histórica"
En tanto, la morenista Olga Sánchez Cordero afirmó que el avance de las modificaciones es para "constitucionalizar" el artículo 61 de la Ley de Amparo.
Por su parte, la panista Annia Sarahí Gómez Cárdenas calificó las modificaciones a los artículos 105 y 107 como una "regresión histórica", y reclamó que al "mutilar" la Constitución la mayoría legislativa se busca terminar con los derechos de las y los mexicanos.
Pese a los cambios a la Constitución, la petista Lilia Aguilar Gil aseguró que permanece el juicio de amparo, la controversia constitucional y las acciones de inconstitucionalidad, pues continúan como control de regularidad constitucional de grupo, ya que no afectan a los ciudadanos.
En su intervención, el diputado César Alejandro Domínguez reiteró el voto en contra de la bancada del PRI, y aseveró que el dictamen "atenta contra los principios de convencionalidad y representa un grave retroceso en la protección de los derechos humanos. Estamos en contra de la reforma, pero no de la supremacía constitucional”, señaló.
Mientras tanto, Sergio Gil Rullán, de Movimiento Ciudadano, denunció que en menos de una semana se ha violentado a la Constitución, pues “la aprobación de la reforma es un paso decisivo hacia el autoritarismo y puede significar el fin de toda aspiración democrática para el país y el ingreso de México en una vergonzosa lista de regímenes autoritarios”.
¿Qué sigue para la "supremacía constitucional"?
Tras la aprobación en lo general, se discutirán las reservas para, luego, llevar a cabo la votación en lo particular de las modificaciones al artículo 105, que ahora establecerá que “son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a esta Constitución”.
En tanto, con los cambios el artículo 107 establecerá que “no procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a esta Constitución”.
cehr