Rechaza equipararlo con cannabis

SCJN niega primer amparo para uso recreativo de psilocibina

La Primera Sala de la SCJN negó el amparo para el uso recreativo de la sustancia psicotrópica psilocibina

La Suprema Corte de Justicia de la Nación SCJN negó el primer amparo para uso recreativo de psilocibina. Foto: Especial

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), negó otorgar el primer amparo para el uso recreativo de la sustancia psicotrópica psilocibina, contenida en los hongos alucinógenos.

Dicha sala avaló de forma unánime el proyecto de la ministra ponente Loretta Ortiz Ahfl, en el que se propuso confirmar la sentencia emitida por un juez federal, quien en primera instancia negó la protección a un ciudadano que impugnó diversos artículos de la Ley General de Salud.

El ciudadano Adrián, de la Ciudad de México, llevó como principal argumento el libre desarrollo de la personalidad, como lo acontecido con la mariguana; sin embargo, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) promovió su amparo, el cual fue negado por el Juzgado Décimosexto de Distrito en Materia Administrativa con residencia en la capital del país.

Luego de esto, solicitó un recurso de revisión a un tribunal colegiado, quien a su vez lo turnó a la Suprema Corte para darle respuesta. De acuerdo con el tipo de asunto, fue turnado a la Primera Sala.

La ministra ponente Ortiz Ahlf, en su proyecto exploró que las restricciones al consumo de narcóticos deben examinarse de acuerdo con las características de cada sustancia, aun cuando se relacionen con el referido derecho al libre desarrollo de la personalidad, que no es absoluto.

El proyecto señaló que no existe motivo alguno para reprochar la prohibición del uso lúdico de la psilocibina, en virtud que el nivel de protección contra las adicciones es más alto que lo pretendido por la parte quejosa y que esta no ofreció argumentos para contrarrestar esas razones.

La ministra Ortiz Ahfl destacó que el juez fundamentó por qué los artículos impugnados no son inconstitucionales y explicó claramente las razones por las cuales las tesis de jurisprudencia de esta Suprema Corte no son aplicables al caso, como ocurre en el tema del cannabis.

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