De cara al 1 de junio

TEPJF da 24 horas al INE para ajustar distribución de tiempos en radio y TV para elección judicial

Tribunal Electoral ordenó al INE ajustar la distribución de tiempos en radio y televisión para los procesos de renovación del Poder Judicial

Tribunal Electoral revoca acuerdo del INE sobre tiempos de Radio y TV.
Tribunal Electoral revoca acuerdo del INE sobre tiempos de Radio y TV. Foto: Cuartoscuro / INE / La Razón

A escasos 11 días de que inicie la campaña del proceso de elección judicial, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) por el que se asigna el tiempo del Estado en radio y TV que utilizarán los candidatos a nivel federal y local, y los que coinciden con los procesos electorales locales en Veracruz y Durango.

Por lo anterior los magistrados de la Sala Superior aprobaron el proyecto de Felipe de la Mata Pizaña por el cual se ordenó al INE que en 24 horas emita un nuevo acuerdo de distribución equitativa de los tiempos en radio y televisión tomando en cuenta diversos factores como: entidades federativas donde habrá elección judicial a nivel federales; donde sean a nivel federal y local; y aquellos estados que tendrán procesos locales coincidentes con la elección judicial, como será en Veracruz y Durango; así como el derecho de los partidos políticos de acceder a ese tipo de prerrogativas en las elecciones locales.

El proyecto del magistrado de la Mata Pizaña argumenta que se revoca el acuerdo del INE porque en las entidades donde sólo habrá elecciones judiciales, se distribuyó indebidamente la pauta a partir de los 48 minutos que le corresponden administrar en las elecciones de los Poderes Ejecutivo y Legislativo, sin considerar que la promoción en radio y televisión de las candidaturas judiciales es genérica y no individual, además, que los partidos políticos no participan en dicho proceso.

En Veracruz y Durango también se renovarán ayuntamientos

Mientras que en Veracruz y Durango donde las elecciones judiciales coinciden con la renovación de ayuntamientos, sin ningún sustento legal el INE restó tiempo de la prerrogativa de acceso a la que por ley tienen derecho los partidos políticos.

Así los magistrados ordenaron al INE modificar su acuerdo partiendo de lo que determinaron, que los 48 minutos se apliquen en dos partes, 24 minutos para INE y sus campañas de difusión, y los otros 24 el propio INE realice los ajustes que sean correspondientes tomando en cuenta los escenarios antes descritos y determine lo que corresponda dentro de sus propias facultades.

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cehr

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