El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó que el papel que desempeñó Ana Paula Ordorica en el primer debate entre las candidatas del Estado de México se apegó al principio de imparcialidad y no incurrió en transgresiones.
Los integrantes de la Sala Superior resolvieron la impugnación que presentó Morena, en la que acusó que Ordorica afectó la participación de Delfina Gómez al replicar e interrumpir sus respuestas durante el debate, con lo que señaló que fueron actos contrarios a su naturaleza como moderadora.
Antes, el Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) resolvió que no se acreditaba la vulneración al principio de imparcialidad, así como un incumplimiento a las reglas del debate previstas en el Código Electoral y en los lineamientos para la organización, realización y difusión de debates entre las candidaturas a la gubernatura.
Por ello, Morena impugnó ante el TEPJF, porque argumentó que hubo falta de exhaustividad y congruencia en la sentencia local.
Sin embargo, los integrantes de la Sala Superior del Tribunal Electoral resolvieron, por unanimidad, que fue correcta la determinación de los magistrados mexiquenses.
A propuesta de la magistrada Janine Otálora Malassis, se resolvió que, pese a lo argumentado por Morena, el TEEM sí llevó a cabo un análisis de los hechos denunciados, a fin de establecer que la moderadora siguió las reglas previamente establecidas, no existieron interrupciones y, en consecuencia, el debate se realizó conforme a dichos parámetros.
Coincidieron con el Tribunal Electoral local en que Ordorica no afectó la imparcialidad ni las reglas para el debate, pues los comentarios que llevó a cabo fueron en los términos de los lineamientos aplicables.