Reprueba decisión

Artículo 19 advierte impunidad en el caso Lydia Cacho

El Tribunal de Quintana Roo desestimó las pruebas de tortura y otorgó un amparo al empresario

(Archivo) Kamel Nacif
(Archivo) Kamel Nacif Foto: Cuartoscuro

La organización Artículo 19 reprobó la decisión de dos magistradas de conceder un amparo al empresario libanés Kamel Nacif para eximirlo de cualquier responsabilidad del delito de tortura en agravio de la periodista Lydia Cacho Ribeiro, ya que es “devastadora” para favorecer la impunidad en este caso.

“Para un país donde la tortura, particularmente la de índole sexual contra mujeres, es una práctica generalizada y la violencia contra la prensa es una constante que se registra cada 13 horas, el mensaje de las autoridades judiciales es devastador al favorecer la impunidad”, sentenció.

En un comunicado, la asociación civil consideró que en la resolución del amparo a Nacif Borge se dio un análisis profundamente sesgado al momento de valorar las conversaciones telefónicas entre el exgobernador de Puebla, Mario Marín, y el “rey de la mezclilla”, reveladas en febrero de 2006.

Según la resolución del Tercer Tribunal Colegiado de Quintana Roo se establece que cuando Marín menciona que “acababa de dar un ‘pinche coscorrón a esta vieja cabrona’, se trata de una afirmación ‘vaga y genérica’ que en México es utilizada para identificar a una mujer”, subrayó Artículo 19.

Apuntó que la sentencia denota además un profundo desconocimiento de los estándares internacionales en materia de derechos humanos y tiene una clara intención de exonerar a todos los autores intelectuales.

“Además, desconoce y contraviene por completo lo determinado en el caso por parte del Comité de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en 2018”, estableció.

  • El dato: En 2019, el Gobierno de la República pidió perdón a la periodista al reconocer que se habían violado sus derechos humanos cuando fue agredida en 2005.
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