El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizó un decreto que reformó diversos artículos de la Ley Orgánica de la Administración Pública, la Ley de Fomento a la Cultura del Cuidado del Agua, la Ley de las Comisiones Estatales de Servicios Públicos y la Ley que Reglamenta el Servicio de Agua Potable, todos del estado de Baja California, a través de los cuales derivó la creación de la Secretaría para el Manejo, Saneamiento y Protección del Agua local, y fijó diversos lineamientos para cuidar este líquido.
El análisis del proyecto presentado por la ministra Esquivel Mossa, atendió la impugnación de la CNDH, la cual consideró que existían violaciones a la seguridad jurídica y al principio de legalidad, en relación con el derecho humano al acceso al vital líquido, pues las atribuciones asignadas a la citada dependencia del Ejecutivo local, invadían la competencia constitucional de la Federación y de los Municipios de la entidad federativa.
Así, el Pleno determinó que el decreto no limitaba ni condicionaba la competencia federal o municipal en materia de agua y saneamiento, sino que correspondía, en primer lugar, al ejercicio de la libertad de configuración que tienen los estados para organizar su administración pública y a la concurrencia que, en torno al cuidado, acceso y saneamiento del agua, participan los tres órdenes de gobierno.
Como resultado de la discusión, el Pleno aprobó el proyecto presentado por la ministra Esquivel Mossa, al no advertir la invasión competencial alegada por la CNDH.
JVR