La sala regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el Presidente Andrés Manuel López Obrador no vulneró los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad, no utilizó indebidamente recursos públicos y no difundió propaganda gubernamental en periodo prohibido con expresiones realizadas en la conferencia mañanera del 15 de abril de 2024.
En dicho encuentro con medios, el mandatario hizo expresiones que versaron sobre el método de selección de preguntas y moderadores del segundo debate entre candidaturas presidenciales organizado por el Instituto Nacional Electoral (INE).
“El pleno determinó que esas manifestaciones no implicaron la realización de algún posicionamiento de cara a los procesos electorales federales. Sólo planteó una crítica sobre la actuación de la autoridad electoral, lo cual no puede calificarse como la emisión de expresiones de índole electoral.
“Lo anterior, porque no mencionó a candidatura o partido alguno, simplemente respondió a la pregunta que un periodista le formuló”, determinó.
En sesión pública realizada por videoconferencia, la Sala Regional también determinó que el titular del Ejecutivo federal no incumplió medidas cautelares.
El pleno también resolvió imponer diversas multas a los partidos Morena, PT, Verde Ecologista, PAN, PRI y MC por infracciones a las reglas de propaganda electoral que las fuerzas políticas cometieron en diversas situaciones durante el proceso electoral 2024.