La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó atraer y resolver los amparos que han sido tramitados contra la extinción de los fideicomisos del Poder Judicial de la Federación (PJF). Lo anterior, a pesar de que la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República y otros quejosos solicitaron dicha medida.
En un comunicado, la SCJN notificó el desechamiento de las solicitudes debido a que “carece de atribuciones para conocer de juicios de amparo indirecto en primera instancia. De acuerdo con la Ley de Amparo (…) puede conocer de juicios de amparo directo en reasunción de competencia o en recurso de revisión”.
Aclaró que en el caso de amparos indirectos sólo puede hacerlo una vez que exista una sentencia definitiva dictada por un Juzgado de Distrito y alguna de las partes trámite un recurso de revisión y el Tribunal Colegiado o alguno de los interesados solicite a la Corte ejercer la atracción.
“En este caso, de los amparos indirectos contra la extinción de los fideicomisos del PJF, no existe ninguno en el que se haya dictado ya una sentencia definitiva pues el juzgado de Distrito que los concentra aún está reuniendo informes y pruebas”, dijo.
Cabe destacar que además, se informó que los amparos mencionados apenas se están tramitando y cada uno de ellos fueron concentrados por el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) en el juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región en la Ciudad de México.
La emisión de las sentencias en estos amparos no se ha podido concretar debido a que la Presidencia de la República impugnó las suspensiones concedidas, y que el pasado 6 de diciembre fueron confirmadas por la Segunda Sala.