No afecta objetividad, determina

Corte rechaza sacar a Laynez del tema de extinción de fondos

El máximo tribunal resuelve que el ministro no está impedido para ser instructor de las impugnaciones contra el recorte de recursos al PJ; fallo fue aprobado por unanimidad

Ministro Javier Laynez Potisek
Ministro Javier Laynez Potisek Foto: Cuartoscuro

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el ministro Javier Laynez Potisek, no está impedido para ser instructor en la acción de inconstitucionalidad en contra de la extinción de fideicomisos del Poder Judicial.

La acción número 214/2023 fue presentada por una minoría de integrantes del Senado, para impugnar el decreto publicado el 27 de octubre del 2023 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 224 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

En el decreto, aprobado en días previos por el Congreso de la Unión, se establece que no podrán ser creados ni mantenerse en operación dentro del Poder judicial “otros fondos o fideicomisos adicionales al del mejoramiento de la administración de justicia”.

Durante la discusión del asunto ayer en el pleno, el propio ministro Javier Laynez Potisek consideró que los impedimentos no se pueden plantear en acciones de inconstitucionalidad ni en controversias constitucionales, debido a que dicha figura no está prevista por la Ley Reglamentaria, a diferencia de otros juicios y procedimientos.

Recordó que este Tribunal Pleno ha permitido de manera “muy excepcional” el procedimiento de algunos impedimentos, pero han sido a petición de alguna ministra o ministro, a razón de que antes de llegar al pleno, se participó directamente en la discusión, aprobación, redacción y, a veces, hasta la aprobación, de una disposición de carácter general, pero éste, dijo, no es el caso.

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“Por estas razones, yo no me considero impedido; me parece que no procede el impedimento; además, yo no considero, en absoluto afectada la objetividad”, aclaró el ministro.

Por unanimidad, los integrantes de la Suprema Corte votaron por desechar la petición, al considerar, notoriamente, improcedente el impedimento que intentó hacer valer por la consejera Jurídica del Ejecutivo federal.

La reforma aprobada por las dos cámaras del Congreso estuvo encaminada a eliminar diversos fideicomisos del Poder Judicial de la Federación, por un monto de 15 mil millones de pesos.

El tema provocó, además de las impugnaciones de una minoría en el Senado, diversas manifestaciones de trabajadores y funcionarios del Poder Judicial, al considerar que la decisión del Legislativo afecta los derechos laborales.

Cabe recordar que el ministro Javier Laynez fue quien encabezó el proyecto que puso freno a la segunda parte del llamado Plan B de la Reforma Electoral, impulsada por el Presidente Andrés Manuel López Obrador, y se ha caracterizado por asumir posturas contrarias a los intereses del Poder Ejecutivo.

Luego de que la SCJN tumbó el Plan B de dicho proyecto, con base en la ponencia elaborada por el ministro Javier Laynez, éste recibió de parte del primer mandatario el calificativo de “su Alteza Serenísima”.

En su conferencia matutina del pasado 28 de marzo, el Presidente López Obrador expresó: “Un ministro la cancela (la reforma), es un hecho yo pienso inédito, desde luego injusto, arbitrario, ya ahora tenemos una especie de supremo poder conservador y el ministro Laynez es como su Alteza Serenísima”.