Como una iniciativa para formalizar la labor de personas trabajadoras del hogar, y otorgarles las prestaciones necesarias por el ejercicio de sus actividades, a finales de octubre se aprobaron las iniciativas para que las 2.3 millones de personas que realizan estas labores ahora también estén protegidas por el Seguro Social.
Lo anterior implica que el empleador de una persona trabajadora del hogar deberá registrarla ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) desde el primer día de trabajo, así como realizar cada mes el pago correspondiente a su seguro, de acuerdo al salario diario y los días trabajados.
Para esto, el Gobierno de México compartió el procedimiento mediante el cual completar este trámite y asegurar el derecho del trabajador doméstico.
El primer paso es entrar al sitio web del IMSS y localizar el apartado de “Personas trabajadoras del hogar” (imss.gob.mx/personas-trabajadoras-hogar), donde aparecerá el botón de “Ingresa al trámite”.
Aquí, será necesario, en primer lugar, registrar la información del empleador, para lo cual se deben proporcionar:
- CURP
- Correo electrónico
- Domicilio
- Datos de contacto
- RFC (opcional)
Posteriormente, se registran los datos de la persona trabajadora del hogar, para lo cual es necesario capturar:
- Número de Seguridad Social
- CURP
- Domicilio
En esta misma pantalla, se solicitará que el empleador determine la periodicidad de los días de trabajo del trabajador, si ésta es mensual o sólo por algunos días, en cuyo caso el seguro sólo aplicará para los días laborados.
Después, el sistema generará un formato de incorporación al Seguro Social para la persona trabajadora del hogar, así como una línea de captura para realizar el pago correspondiente a su seguro, el cual deberá efectuarse hasta el día 20 de cada mes, a través de una ventanilla bancaria o mediante banca en línea.
En caso de que el día 20 del mes calendario sea inhábil, la fecha límite de este pago sería el primer día hábil inmediato posterior.
Una vez realizado el registro, el empleador recibirá cada mes la renovación automática del aseguramiento, con lo que solo restará concretar el pago correspondiente.
Asimismo, el sitio web del IMSS ofrece una herramienta para calcular cuánto corresponde pagar al Instituto por concepto de seguro para la persona trabajadora del hogar: adodigital.imss.gob.mx/pth_calculadora/.
Beneficios para el empleador doméstico al estar asegurada
- Servicios médicos, hospitalarios, farmacéuticos y atención obstétrica
- Incapacidades
- Pensión por invalidez y vida
- Fondo para el retiro
- Prestaciones sociales dentro de las que se encuentran velatorios y guarderías
AM