Si trabajaste en día feriado esto deben pagarte, según la ley

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Foto: larazondemexico

Si tu jefe o empresa te hizo trabajar este lunes 3 de febrero, que es día feriado o de descanso obligatorio, la ley establece que debes recibir, independientemente del pago de tu día, un salario doble.

Es decir, tu jefe o empresa tiene que cubrir el salario diario normal más el doble por los servicios prestados en un día festivo marcado en la ley.

Este 3 de febrero las labores se suspendieron adelantadamente por el 5, cuando en el país se conmemora la promulgación de la Constitución de 1917, que se pasó al lunes y con ello se tuvo el primer “puente” de 2020.

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El artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo establece que, en términos reales, por trabajar este lunes tienes que ganar el triple de un día laborado.

¿Qué dice la Constitución sobre el día feriado?

Sobre el día feriado o de descanso obligatorio el artículo 75 establece: "...Los trabajadores tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”.

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El artículo 74 de la Constitución marca los días de descanso obligatorio:

*El 1o. de enero

*El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero

*El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo

*El 1o. de mayo

*El 16 de septiembre

*El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre

*El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando se realiza el cambio de gobierno federal

*El 25 de diciembre

*El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

El segundo puente de 2020 por día feriado

El segundo puente de 2020 se alarga por dos días hábiles: el viernes 13 de marzo, cuando se realice el consejo técnico escolar, que amerita suspensión de clases, y el lunes 16 que se toma por el sábado 21, cuando México festeja el natalicio de Benito Juárez.

Entonces este puente inicia desde el viernes 13 y termina el lunes 16.

Después llega abril y con él las dos semanas de vacaciones por Semana Santa que inician el lunes 6 y terminan el viernes 17.

kl

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