Exigen que revoquen medida

Formalizan recurso contra suspensión de Plan B realizada por ministro Pérez Dayán

El Ejecutivo federal, a través de su Consejería Jurídica, impugnó la decisión del ministro Alberto Pérez Dayán que suspende la aplicación del decreto que reforma las leyes generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas en los estados de México y de Coahuila

Suprema Corte de Justicia de la Nación
Suprema Corte de Justicia de la NaciónFoto: Especial
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La 4T impugnó la suspensión que el Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Alberto Pérez Dayán, emitió contra el bloque del Plan B de reforma electoral que fue publicado recientemente.

Con este recurso, la administración que encabeza el Presidente Andrés Manuel López Obrador, exige al máximo tribunal del país que revoque la medida. El pasado martes que la SCJN dio entrada a un primer bloque de impugnaciones contra el llamado Plan B, acciones que presentaron partidos, senadores, diputados y alcaldes de oposición.

Las siete acciones de inconstitucionalidad tuvieron el visto bueno de Pérez Dayán, quien suspendió la entrada en vigor de las reformas a la Ley General de Comunicación Social, que limita el gasto en dicha materia a solo 0.1 por ciento del presupuesto de las alcaldías del país, por lo que esta media no aplicará en Coahuila y Estado de México, los dos estados que tendrán elecciones en junio de este año.

El máximo tribunal del país ha recibido más de 47 acciones de inconstitucionalidad y más de 31 controversias contra el Plan B.

Además se informó que Pérez Dayán viola la Constitución al suspender aplicación de Ley General de Comunicación: Consejería Jurídica de Ejecutivo Federal.

El Ejecutivo federal, a través de su Consejería Jurídica, impugnó la decisión del ministro Alberto Pérez Dayán que suspende la aplicación el decreto que reforma las leyes generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas en los estados de México y de Coahuila, ya que las normas expedidas por el Congreso de la Unión solo pueden invalidarse mediante el voto de ocho ministros y está proscrito expresamente suspender sus efectos.

Afirmaron que los juzgadores, como todas las autoridades del Estado, están obligados a fundar y motivar sus decisiones, por lo que el ministro Pérez Dayán no puede apartarse de las reglas específicas que establecen las leyes al tramitar los medios de control constitucional, pues la legitimación del Poder Judicial se diluye cuando sus decisiones responden a posiciones políticas o personales.

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DGC