Emilio Lozoya, exdirector de Pemex, enfrenta este miércoles la segunda audiencia virtual, ahora por el caso Odebrecht, y en los que se le señala por presuntos delitos de lavado de dinero, asociación delictuosa y cohecho.
El juez Juan Carlos Ramírez Benítez, con sede en el Reclusorio Norte, llevará este juicio en contra del exdirector de Petróleos Mexicanos por haber recibido, supuestamente, 10.5 millones de dólares en sobornos por parte de la constructora brasileña a cambio de entregar contratos con la paraestatal.
En este caso de Odebrecht además de Emilio Lozoya están involucradas su hermana Gilda Susana, Su madre Gilda Margarita Austin y su esposa Marielle Helene, así como una corredora de bienes raíces, Nelly Maritza Aguilera.
La fiscalía planteará sus argumentos y acusará al exdirector de Pemex de haber recibido sobornos y asociarse para cometer otros delitos, entre ellos, el financiamiento al PRI durante la campaña presidencial de 2012, además, para comprar una residencia en Puerto Vallarta.
La defensa presentó ayer una estrategia para apegarse al criterio de oportunidad y alcanzar un acuerdo con la Fiscalía General de la República para que Emilio Lozoya se convierta en testigo colaborador.
El exdirector de Pemex sigue internado en un hospital de la capital Mexicana:
Sigue el minuto a minuto de esta diligencia:
09:31 Hrs. Inicia la audiencia.
10:00 Hrs. El juez Juan Carlos Ramírez notificó que se acreditaron como partes acusadoras en el caso de Emilio Lozoya y Odebrecht, la Fiscalía General de la República, Petróleos Mexicanos y la Unidad de Inteligencia Financiera.
También se acredito la defensa por los abogados Miguel Ángel Ontiveros y Alejandro Rojas.
El juez notificó a Lozoya que enfrentará cargos por delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, asociación delictiva y cohecho, dentro de la causa penal 269/2009.
11:00 Hrs. La Fiscalía solicitó al juez que se decrete como legal el cumplimiento de la orden de aprehensión en contra de Emilio Lozoya
La defensa del exdirector de Pemex señala que aceptaron la extradición con “el ánimo de colaboración con el Estado Mexicano y en particular con la Fiscalía General de la República (FGR), conforme con el trato recibido por su cliente, pide que se desactive la orden de aprehensión pues ha manifestado su deseo de colaboración.
La defensa aclara que la detención no puede calificarse como legal, pero sí que se realizó conforme al respeto de los derechos humanos del imputado.
La Fiscalía iniciará con la formulación de la imputación y el juez solicita, hasta en dos ocasiones, a Emilio Lozoya que escuche con atención lo que expondrá la Fiscalía.
El Ministerio Público señala que son tres delitos que enfrentará.
El primer argumento es que excedió la cantidad de recursos que se pueden invertir en el extranjero, principalmente en Europa. Muchas de esas cuentas estaban a nombre de su hermana Gilda Susana y su madre Gilda Margarita Austin.
De acuerdo con la representación social, Emilio Lozoya intentó ocultar diversos movimientos y cuentas bancarias, principalmente cuando participó en la campaña presidencial del 2012.
Agrega que Luis Alberto “M” sostuvo reuniones constantes con Emilio Lozoya para pedirle asesoría respecto de los programas de infraestructura en los estados de Tamaulipas, Veracruz e Hidalgo, principalmente.
Emilio Lozoya le ofreció a Luis Alberto "M" que, en caso de llegar al gobierno en 2012, el empresario tendría un cargo dentro de la administración pública.
11:30 Hrs. La Fiscalía señala que del dinero transferido a su madre, Emilio Lozoya realizó transferencias por 185 mil dólares y luego por un millón 200 mil dólares para la compra de una casa en Ixtapa, Guerrero.
Señaló que, en su declaración patrimonial, como nuevo director de Pemex, Emilio Lozoya declaró que una cuenta que tiene en Alemania era manejada de forma conjunta con su madre y lo acusó de haber utilizado esa cuenta como “puente” para la transferencia de recursos a sabiendas de que tenían un origen ilícito.
La Fiscalía señaló que cuando formó parte del comité de la campaña presidencial del PRI en 2012, acordó con Luis Alberto de Meneses que, a cambio de un pago de 4 millones de dólares, en caso de ganar tendría contratos de obra en Veracruz, Hidalgo y Tamaulipas. Esos pagos, solicitó Lozoya Austin, se deberían hacer a través de sus cuentas personales en Suiza, a nombre de Tochos Holding Limited, donde su hermana (Susana Gilda) aparece como beneficiaria.
Los recursos fueron enviados a una cuenta en México, donde la señora Margarita Austin es cotitular y de ahí se enviaron a la señora Nelly Maritza Aguilera, como pago por una residencia en Ixtapa. En el contrato se ordenó que el inmueble quedara a nombre de su esposa Marielle Helene para evitar declararla ante la Secretaría de la Función Pública.
La fiscalía acusa a Emilio Lozoya de haber recibido 10.5 millones de dólares, en asociación con su madre, hermana, esposa y otra persona para delinquir.
Además, dice la FGR, se le imputa el delito de cohecho porque ya siendo director de PEMEX se reunió en las oficinas corporativas con miembros de la empresa Odebrecht a quienes prometió concederles contratos de infraestructura a cambio de un pago de 6 millones de dólares, “faltando al principio de objetividad como servidor público”.
La fiscalía consideró que algunos de esos contratos debieron hacerse públicos, pero faltando al principio de imparcialidad como director de Pemex no lo hizo.
La FGR imputa los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita por transferir recursos del exterior a territorio nacional sabiendo que eran ilícitos y comprar bienes para ocultar el origen de esos recursos, asociación delictuosa, por el mismo caso y cohecho.
11:45: Hrs. Emilio Lozoya se declaró no culpable ni responsable de los cargos formulados por la Fiscalía General de la República en el caso de Odebrecht.
Agregó que, en cumplimiento con su compromiso de colaborar con el Estado Mexicano, aceptó la extradición y renunciar a defenderse en un juicio, “en el marco de un posible criterio de oportunidad o la figura que determine la autoridad”.
Repite que fue “con relación a los hechos que se le imputan fue intimidado, presionado e instrumentalizado” y anuncia que “denunciará a los responsables de estos hechos y los posibles beneficiarios de los mismos”.
12:00 Hs. La Fiscalía General de la República solicitó vincular a proceso a Emilio Lozoya.
El juez Juan Carlos Ramírez volvió a recomendar, en dos ocasiones a Lozoya que ponga atención a lo que se va a exponer porque será relevante para su defensa. Al termino de la exposición de la Fiscalía el juez formulará una pregunta al acusado.
La Fiscalía continúa con su exposición y señala que la cuenta de la empresa Tochos Holding Limited, basada en Suiza, es la pista que descubrieron las autoridades sobre el movimiento de dinero, sobre todo porque las transferencias rebasaron los montos y alertaron sobre un posible lavado de activos. El banco suizo no bloqueó la cuenta, sino que realizó un seguimiento de los recursos para alertar al país destino.
Alertadas las autoridades mexicanas y conociendo que en la cuenta aparecía Susana Gilda Lozoya como beneficiaria y que la cuenta en Alemania era manejada también por la señora Margarita Austin, investigaron la situación fiscal de la madre de Emilio Lozoya y descubrieron que en 2012 declaró ante el Servicio de Administración Tributaria que no tuvo ingresos y al año siguiente declaró haber recibido 190 mil dólares por ingresos. En una cuenta del Banco BBVA registró un depósito desde el extranjero por cinco millones de pesos y luego dos millones de pesos, en su equivalente en dólares.
Por lo que respecta a Susana Gilda Lozoya en 2015 declaró ingresos por más de dos millones de pesos y en 2016 por un millón de pesos, estas irregularidades despertaron la sospecha de la Unidad de Inteligencia financiera. Existen declaraciones de que en 2012 su hermano Emilio le cedió los activos de la empresa Tochos Holding Limited y trasladó sus actividades a México, pero no informó a la autoridad.
12:06 Hrs. Se decreta receso.
12:30 Hrs. Se reanuda diligencia.
13:00 Hrs. La Fiscalía reveló que la información sobre los supuestos sobornos a una empresa controlada por el estado, vinieron de su representación en Washington, donde testigos protegidos de Brasil, informaron sobre esos pagos en diversos países.
De acuerdo con esas declaraciones, los pagos se realizaron tanto a funcionarios como partidos políticos por un monto de 431 millones de dólares en diferentes países de América Latina y África, con lo que la empresa buscaba garantizar contratos de obras públicas.
Los testigos brasileños dijeron que entre 2011 y 2014 en México se ofrecieron sobornos por unos 10.5 millones de dólares a cambio recibieron contratos que les dejaron ganancias por 39 millones de dólares. Estos testigos señalaron directamente a Lozoya de haber recibido los recursos en sus cuentas en Suiza
14:00 Hrs. La FGR expone que Emilio Lozoya incurrió en el delito de operaciones de procedencia ilícita junto con su hermana, su madre y su esposa por una “infinidad” de depósitos bancarios que les realizaron en México, Brasil y otros países
Luis Alberto de Meneses Weyll se convirtió en testigo clave en contra de Emilio Lozoya pues reveló que no solo diseñaron planes irregulares, sino que el exfuncionario le aseguró que conocía empresarios con quienes podría hacer negocios.
Además, dijo que Odebrecht cuenta con una doble contabilidad pues muchos de los recursos generados no eran reportados a las autoridades. En varias ocasiones Lozoya agradeció el apoyo brindado a la campaña electoral de Enrique Peña Nieto.
La FGR ubicó dos pagos, uno por 4 millones de dólares durante la campaña presidencial de EPN y otra por 6 millones de dólares cuando fue director de PEMEX y esto se comprueba con un oficio de mayo de 2019, enviado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores donde se detallan los depósitos realizados a Margarita Austin por dos empresas en las que Emilio Lozoya figura como beneficiario.
Emilio Lozoya aseguró que la casa de Ixtapa la compró mediante varios depósitos que realizó a un banco de Montreal, a cuenta de la vendedora, pero cedió los derechos sobre ese inmueble a su esposa Marielle Helene. Sin embargo, declaró que ese inmueble se compró con dinero de la empresa Tochos Holding Limited, donde su hermana es la beneficiaria.
Emilio Lozoya nunca declaró que recibió dinero del extranjero por alguna actividad profesional, por lo que todos esos recursos se encuentran bajo investigación.
15:00 Hrs. La Fiscalía argumenta que el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita s e encuadra porque el exdirector de PEMEX intento “ocultar el origen de esos recursos”.
Para la Fiscalía está plenamente sustentado el delito y señala que los recursos enviados del banco suizo a la cuenta de la señora Margarita Austin, en las declaraciones patrimoniales de Emilio Lozoya se comprueba que hubo asociación delictuosa.
La denuncia que presentó la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) comprueba los movimientos financieros de la madre de Emilio Lozoya, además pudo acreditar que los recursos transferidos de Suiza a México y de ahí a la cuenta de la vendedora del predio, demuestran la asociación para delinquir.
La Fiscalía General presentó como elementos de prueba una copia del Notario Público de Guerrero que atestiguo el fideicomiso público creado por Lozoya, su madre, hermana y esposa para obtener la escritura pública del inmueble.
Además, presentó la escritura pública, las investigaciones realizadas por el banco suizo y que fueron entregadas a la UIF, las declaraciones patrimoniales de Emilio Lozoya; las declaraciones de los testigos brasileños que se declararon culpables en una corte de Nueva York y recibieron beneficios a cambio de señalar a otros implicados en la corrupción de la empresa Odebrecht, las declaraciones de Luis Alberto de Meneses Weyll quién acusó que el director de PEMEX era quien recibía directamente los sobornos, y las actas de sesiones del Consejo de Administración de PEMEX donde se especifica la contratación de Odebrecht para llevar a cabo trabajos en la refinería de Tula, en Hidalgo.
El juez preguntó a Lozoya si prefería que se resolviera su situación en este momento, lo que aceptó, po lo que el juez determinó vincularlo a proceso, fundamentalmente porque todos los involucrados omitieron declarar sus actividades e ingresos ante la Secretaría de Hacienda, incurrieron en asociación delictuosa para cometer el delito y se comprueba el cohecho con los contratos celebrados entre Odebrecht y PEMEX.
La defensa presentó cinco consideraciones, la primera fue para agradecer al Ministerio Público su participación, segunda que por instrucciones de Emilio Lozoya se limita únicamente a verificar que se respeten sus derechos humanos y refrendar su disposición para colaborar con el gobierno; tercera que Lozoya sea distinguido como “instrumento no doloso en el marco de un aparato de poder conformado por altas autoridades del estado mexicano que estuvo constituido con el objetivo de abusar de ese poder, que legítimamente les había sido concedido”; en cuarto lugar ratifica que “buscarán denunciar los delitos cometidos por los sujetos activos y responsables de los hechos puntualizando de manera muy clara y contundente sus nombres, sus cargos que ocupaban y los métodos de instrumentalización que fueron utilizados para la comisión de los hechos”.
15:15 Hrs. Abren un nuevo receso de dos horas para concluir el proceso.
18:36 se reanuda la audiencia.
19:17
El Juez realiza un exhaustivo recuento de los datos de prueba expuestos por la FGR, la ofendida Pemex y la denunciante UIF.
21:37
Juez
El juez estableció la legal competencia para conocer de este caso, al haberse materializado los hechos dentro del territorio que se estableció y corresponde a la Ciudad de México, lo que suerte el aspecto legal de este juzgado.
Atendiendo al desarrollo de los hechos, esto es que tuvieron su inicio en el año de 2012 habiendo concluido en el año 2014, el juzgador abordará el análisis del hecho comunicado por parte de la fiscalía federal, atendiendo a cada una las clasificaciones legales comunicadas; esto es, el delito de operación con recursos de procedencia ilícita, así como el de cohecho y el diverso de asociación delictuosa.
En cuanto hace al delito de operación con recursos de procedencia ilícita necesariamente deberá atenderse a las dos etapas en las cuales se desarrolló dicha actividad.
Esto es, previo al 1 de diciembre de 2012, etapa en la cual el señor imputado no ostentaba la calidad de servidor público, y una segunda etapa, que tiene lugar a partir del año 2013 y culmina durante el año 2014, en donde el imputado ya contaba con esa calidad de servidor público.
Por lo que hace al delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, se concluye que el hecho atribuido al imputado por parte de fiscalía federal debe sancionarse en términos del artículo 400 bis, fracción primera del Código Penal Federal vigente a partir del 15 de marzo de 2014, fracción I, el cual dice: “Adquiera, enajene, administre, custodie, posea, cambie, convierta, deposite, retire, dé o reciba por cualquier motivo, invierta, traspase, transporte o transfiera, dentro del territorio nacional, de éste hacia el extranjero o a la inversa, recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, cuando tenga conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita, o) respecto al delito de asociación delictuosa se comprueba intervención de más de tres personas vinculadas con la finalidad de materializar conductas ilicitas, contempladas en el artículo 164 código penal federal llevar a cabo conductas ilictas”.
Se establece que una vez allegados los recursos de la persona moral Norberto Odebrecht, se especificaron los mecanismos de empresas hacia su círculo familiar: hermana, esposa y madre.
La madre abrió la cuenta para recepción de transferencias.
La esposa adquirió un bien inmueble de Guerrero usando un fideicomiso.
La hermana se benefició al realizar apertura de cuentas para los depósitos.
Las tres omitieron reportar las operaciones ante las autoridades hacendarias.
En lo relativo al delito de cohecho, contemplado en el artículo 222 del Código Penal Federal, como servidor público recibió para su beneficio 6 millones de dólares para favorecer a la empresa brasileña través de asignación de obras de forma directa para obtener beneficios económicos.
Y se ha explicado a través de la denuncia de Pemex y la UIF cómo fue la recepción de recursos y transferencias para adquisición del bien inmueble que liquidó a través de tres pagos en 2013.
Además de la denuncia de los testigos brasileños en la corte de Nueva York, Estados Unidos, de que dieron dinero a un alto funcionario de una empresa paraestatal mexicana.
En complemento a los datos de prueba derivados de la colaboración internacional, se cuenta con las traducciones de lo resuelto en el delito de fraude de los testigos brasileños donde explicaron los sobornos a funcionarios entre ellos los 10.5 millones de dólares a un funcionario mexicano de alto rango que controlaba una empresa del estado para recibir contratos de obra.
Juez
En consecuencia, señalo que soy competente para conocer y resolver este asunto en razón de materia y territorio.
Se puso en peligro a la sociedad y al patrimonio nacional.
Siendo las 21:37 horas se dicta auto de vinculación de proceso a Emilio Lozoya por los delitos de uso de recursos de procedencia ilícita, asociación delictuosa y el de cohecho sancionados en diversos numerales del Código Penal Federal en su calidad de autor material, naturaleza dolosa.
FGR
La FGR solicita las siguientes medidas cautelares:
Con apoyo en el artículo 153 del CNPP, se solicita se imponga al imputado la prohibición de salir del país y de la ciudad de México, así como del área conurbada de la ciudad de México.
Colocación de un aparato de monitoreo electrónico, comúnmente conocido como brazalete.
Las anteriores dos medidas se proponen durante el tiempo que dure el procedimiento.
Y finalmente, cuidado y vigilancia por la Policía Federal Ministerial en el hospital donde actualmente se encuentra, así como la entrega de su pasaporte.
Defensa
Acepta las medidas propuesta del Ministerio Público Federal.
Informa que este mediodía se entregó el pasaporte mexicano junto con la visa americana.
Juez
Derivado de la exposición de la fiscalía para efecto de garantizar sin dejar de observar la petición vinculada con el análisis del 168 Código Penal Federal se pondera el derecho a la salud del imputado.
Hace notar que la imposición de las medidas tiene la conformidad de ambas partes.
Por lo que determina la presentación periódica del imputado los días primero y 15 de cada mes, a partir del momento en que sea dado de alta.
Juez
Por tanto, única y exclusivamente por cuanto hace a esta causa penal decreto la libertad condicional del señor imputado, atendiendo a las medidas cautelares impuestas, sin perjuicio de que pueda ser privado de este derecho con motivo de la existencia de alguna otra causa del orden federal o del fuero común.
FGR
Solicita se otorgue un plazo de seis meses para la investigación complementaria.
Juez
Concede el plazo de seis meses para la investigación complementaria, cuyo plazo fenece el 31 de enero de 2021.
Siendo las 22:22 minutos declara formalmente cerrada la audiencia.