La Jueza del Décimo de Distrito de Amparo en materia Penal, Ruby Celia Castellanos Barradas, negó este viernes otorgar un amparo a dos peritos de la extinta Procuraduría General de la República (PGR), Mauricio Cerón Solana y Patricia Gómez Ramírez, los cuales fueron vinculados a proceso en octubre de 2021, señalados de cometer la alteración de pruebas y la pérdida de un resto óseo relacionado con la desaparición de los 43 normalista de Ayotzinapa.
Los extrabajadores de la PGR fueron acusados por la Unidad Especial de Investigación y Litigación del Caso Ayotzinapa de la Fiscalía General de la República (PGR) de haber cometido delitos contra la administración de justicia, por lo que de ser hallados culpables de ese delito podrían recibir una sentencia de cuatro a diez años de prisión.
De acuerdo a las investigaciones de la unidad especializada del caso Ayotzinapa encontró que los dos peritos formaron parte del equipo de la PGR que realizó un recorrido en las inmediaciones del Río San Juan, en Cocula, Guerrero, la tarde del 28 de octubre de 2014, donde estaban pruebas de la investigación.
Ahí, Mauricio Cerón tenía la coordinación de un equipo de especialistas los cuales por sus órdenes realizaron la búsqueda de diversos elementos como parte de las investigaciones.
Posteriormente, de acuerdo al reporte de la unidad especial de la investigación, arribó el extitular de la Agencia de Investigación Criminal, Tomás Zerón de Lucio, quien luego les dio la instrucción de buscar bolsas negras en las que se encontraban cenizas con los restos de los normalistas, quienes, según la llamada “verdad histórica” habrían sido incinerados en el basurero de Cocula, Guerrero.
El expediente del caso detalla que la orden por sí misma fue una violación, ya que no contó con un mandamiento judicial para realizar la remoción de sedimentos y lodo del predio, lo que alteró la posible evidencia en el lugar.
Como resultado de las tareas de búsqueda ordenadas, se conoció que el hoy vinculado a proceso también localizó y sujetó un resto óseo que extrajo de una alforja negra de plástico, el cual procedió a darle a su compañera Patricia Gómez Ramírez quien lo examinó, pero “no fue procesado ni analizado conforme al método científico para determinar su naturaleza u origen y del que se desconoce su paradero”.
Después de ello ninguno de los dos peritos que tuvo contacto directo con el resto óseo rindió un informe o constancia para avalar las actividades llevadas a cabo en el lugar. También se supo que impidieron que el grupo de antropología argentino, que brindaba apoyo a los familiares, accediera al lugar para su análisis.
Por estos hechos, y dado que consideró que no se transgrede ningún derecho de los imputados, la titular del Juzgado Décimo de Distrito de Amparo en materia Penal con sede en la Ciudad de México negó el amparo promovido por los peritos en contra de la vinculación a proceso dictada por el juez de Control del Reclusorio Oriente.
RFH