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Pasos y requisitos para afiliar a tu pareja al IMSS si no son esposos

En caso de que vivas con tu pareja desde hace mucho tiempo, tienes la posibilidad de asegurarla en caso de que tú cuentes con esta prestación en el trabajo

Pensionados del IMSS que viven en concubinato.
Pensionados del IMSS que viven en concubinato. La Razón

La salud es un derecho para todos los seres humanos. O eso debería ser. Aún hay mucho desconocimiento respecto a quiénes tienen acceso a la seguridad social en nuestro país y las personas que viven juntas como pareja en un domicilio desde hace varios años, son parte de este sector que desconoce este dato.

Todos los trabajadores afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social tienen acceso a diferentes beneficios y si tú tienes manera de comprobar que vives con tu pareja por lo menos desde hace cinco años, esta información puede ser de tu interés.

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Pasos y requisitos para afiliar a tu pareja al IMSS si no son esposos

La Ley del Seguro Social informa que si la pareja del trabajador es mujer, recibe el título de concubina y si es hombre, es llamado concubinario. Para que puedas afiliar a cualquiera de ellos en el IMSS, te solicitan lo siguiente:

  • El trabajador asegurado o pensionado debe haber vivido los últimos cinco años con su concubina o concubinario, o haber tenido un hijo juntos.
  • ​Ninguno debe estar casado.
  • ​El trabajador afiliado o pensionado, no debe tener otras concubinas o concubinarios.

El trámite lo puedes hacer tanto en línea como presencial. En caso de que elijas ésta última, deberás llevar los siguientes documentos:

  • Clave Única de Registro de Población, CURP
  • ​Identificación oficial vigente
  • ​Documento donde conste el Número de Seguridad Social (NSS) original
  • ​Copia certificada del acta de nacimiento original
  • ​Fotografía tamaño infantil en blanco y negro o a color
  • ​Comprobante de domicilio original

¿A dónde puedo acudir para realizar el trámite?

Para realizar este trámite puedes acudir a cualquier Unidad de Medicina Familiar en el turno matutino de 8:00 a 14:00 horas y en el vespertino de 18:00 a 19:30 horas, de lunes a viernes, en días hábiles para el IMSS.

Si quieres realizar el trámite en línea puedes hacerlo los 365 días del año, a cualquier hora del día, en la página del IMSS, haciendo click AQUÍ.

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